Resolución de la DG Humanización y Atención Sociosanitaria: subvenciones destinadas a la atención a personas con enfermedades raras y sus familias 2026
DIRECCIÓN GENERAL DE HUMANIZACIÓN Y ATENCIÓN SOCIOSANITARIA
Importe total: 300.000 €
Apertura del plazo: 27 de agosto de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 926667
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, de forma que puedan recibir apoyo económico tanto ellas como sus familias.
Requisitos
Para poder ser beneficiaria, la persona debe cumplir alguno de los siguientes requisitos en la fecha de presentación de la solicitud:
Tener diagnosticada una enfermedad rara y acreditar esta condición.
Tener sospecha de padecer una enfermedad rara y encontrarse en espera de diagnóstico. Esta sospecha deberá estar fundamentada en un informe médico.
El ámbito de aplicación de la ayuda es Castilla-La Mancha.
Qué se subvenciona
La finalidad de estas ayudas es proporcionar apoyo económico para:
El desarrollo de actividades.
La prestación de servicios.
La adquisición de material.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 300.000,00 euros. Las cuantías específicas son:
1.500 euros por persona beneficiaria.
Un máximo de 3.000 euros por unidad familiar.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 28 de agosto de 2026 (el día siguiente al de la publicación de la convocatoria) y finaliza el 31 de octubre de 2026.
Las solicitudes deben dirigirse a la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria y se pueden presentar por dos vías:
De forma telemática: Con firma electrónica, utilizando el formulario disponible en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
De forma presencial: En cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si aún no tengo un diagnóstico definitivo?
Sí. Puede solicitarla si existe sospecha de que padece una enfermedad rara y está esperando el diagnóstico, siempre que esta sospecha esté fundamentada en un informe médico.
¿Cuánto dinero puedo recibir como máximo si en mi familia hay varios afectados?
El límite máximo establecido es de **3.000 euros** por unidad familiar, siendo la ayuda individual de **1.500 euros** por persona beneficiaria.
¿Cómo se debe tramitar la solicitud?
Puede presentarla por internet con firma electrónica a través de la Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o en papel en cualquiera de los registros oficiales autorizados.