AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, en Canarias, ha aprobado una subvención nominativa destinada a asegurar la continuidad de servicios esenciales para personas mayores. Esta ficha tiene como objetivo informar de manera clara y concisa sobre los detalles de esta ayuda específica.
Esta subvención nominativa está específicamente dirigida a la entidad Religiosas Hogar Virgen Poderosa. Es importante destacar que se trata de una ayuda directa y singular, concedida a esta persona jurídica en particular y no es una convocatoria abierta a otras entidades o particulares. La naturaleza nominativa implica que la beneficiaria ya ha sido predeterminada por el organismo concedente.
Dado que se trata de una subvención nominativa, el requisito principal es ser la entidad Religiosas Hogar Virgen Poderosa. La información oficial no detalla otros requisitos adicionales o específicos para la concesión, más allá de la identificación de la entidad beneficiaria. La convocatoria especifica que los beneficiarios son "PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA". Por lo tanto, la entidad debe cumplir con esta condición.
La finalidad de esta subvención es el "Sostenimiento de los Servicios de Fisioterapia y de Animación sociocultural del Hogar de Virgen Poderosa- Ejercicio 2026". Esto significa que los fondos están destinados exclusivamente a cubrir los gastos asociados a la prestación de estos dos tipos de servicios dentro del hogar durante el ejercicio presupuestario de 2026. La convocatoria no proporciona un desglose más detallado de los tipos de gastos concretos que pueden ser subvencionados (por ejemplo, personal, material, etc.), pero se entiende que se refiere a todo aquello necesario para el funcionamiento y mantenimiento de dichos servicios.
La cuantía total de esta subvención es de 13.600 euros.
En cuanto a los plazos, la información oficial indica una fecha de apertura del 1 de enero de 2026 y una fecha de cierre del 31 de diciembre de 2026. Estos plazos se refieren al periodo de ejecución o al ejercicio presupuestario al que se imputa la subvención. No obstante, al tratarse de una subvención nominativa ya concedida, estos plazos no implican un periodo de solicitud para la entidad beneficiaria, sino el marco temporal en el que se desarrolla el proyecto subvencionado y se justifica el gasto.
Dado que esta ayuda es una subvención nominativa, la entidad beneficiaria, Religiosas Hogar Virgen Poderosa, no necesita presentar una solicitud concursal o competir con otras entidades. La concesión se realiza de forma directa por parte del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna. Por lo tanto, no existe un proceso de "solicitud" abierto al público o a otras organizaciones.
Uno de los errores más comunes sería intentar solicitar esta subvención por parte de una entidad diferente a la beneficiaria designada, Religiosas Hogar Virgen Poderosa. Otro error sería pensar que se trata de una convocatoria abierta o concursal, cuando su naturaleza es nominativa. Es crucial entender que los fondos están preasignados a un beneficiario específico para un fin determinado y que no hay posibilidad de optar a ellos por parte de terceros. Además, no se debe intentar destinar los fondos a finalidades distintas de las explícitamente indicadas: sostenimiento de los servicios de fisioterapia y de animación sociocultural.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 13.600 €.
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