ORDEN CONSEJERA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACION Y CULTURA POR LA QUE SE CONCEDE LA APORTACION DINERARIA A LAS UPC POR LA COMPENSACION DE PP PP

CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Divulgativa: Aportación Dineraria a las UPC por Compensación de PP. PP.

La Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias, en su compromiso con el desarrollo educativo en la región, ha lanzado una aportación dineraria destinada a compensar determinadas circunstancias de las Universidades Populares y Centros de Enseñanza. Esta iniciativa busca reforzar el tejido educativo no formal en Gran Canaria, garantizando la continuidad y calidad de los programas ofrecidos por estas entidades. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta convocatoria para facilitar su comprensión y acceso.

A quién va dirigida

Esta aportación económica está específicamente dirigida a Personas Jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según la información disponible, las beneficiarias designadas son las UPC (Universidades Populares y Centros de Enseñanza). El ámbito geográfico de aplicación de esta convocatoria se circunscribe a la isla de Gran Canaria, dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Requisitos principales

Dado que los documentos oficiales de la convocatoria no han sido facilitados para su consulta en este momento, no es posible detallar los requisitos específicos que deben cumplir las entidades para acceder a esta aportación. Generalmente, este tipo de ayudas suelen requerir la acreditación de la personalidad jurídica de la entidad, su inscripción en los registros correspondientes y la demostración de no realizar actividad económica, así como la justificación de las compensaciones por las que se solicita la ayuda. Sin embargo, esta información deberá ser confirmada una vez se disponga del texto íntegro de la orden de concesión.

Qué gastos cubre

La finalidad explícita de esta aportación dineraria es la Educación, y su objetivo específico es la compensación de PP. PP. (que presumiblemente se refiere a Precios Públicos). No obstante, los documentos oficiales disponibles no especifican de manera detallada qué tipo de gastos concretos son los que se cubren con esta compensación ni las partidas presupuestarias elegibles. La información precisa sobre los conceptos compensables y su aplicación deberá consultarse en el texto completo de la orden de concesión cuando esté disponible.

Cuantía y plazos

El importe total concedido en esta aportación dineraria asciende a 11.836,66 EUR. Es importante destacar que se trata de una subvención y entrega dineraria sin contraprestación, lo que implica que el desembolso económico se realiza sin la exigencia de una contrapartida directa por parte de las entidades beneficiarias, más allá de la justificación de la compensación por la que se concede.

En cuanto a los plazos, la convocatoria tiene una fecha de apertura el 15 de julio de 2026 y una fecha de cierre el 31 de diciembre de 2026. Es crucial que las entidades interesadas tengan en cuenta estas fechas para la presentación de la documentación o para cualquier gestión relacionada con esta ayuda.

Cómo solicitarla

Debido a que la información proporcionada corresponde a una "Orden por la que se concede la aportación dineraria", y no a una "Orden de bases reguladoras y convocatoria", y a la ausencia de los documentos oficiales completos, no se dispone de detalles sobre el procedimiento específico para solicitar esta aportación. Generalmente, las ayudas de este tipo suelen requerir la presentación de una solicitud formal, acompañada de la documentación acreditativa de los requisitos y la justificación de la compensación de PP. PP. que se solicita. La forma de presentación (telemática, presencial), los formularios específicos y la documentación adjunta serán detallados en el texto completo de la orden cuando este sea accesible.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes en este tipo de procesos, especialmente al no disponer del texto completo de la convocatoria, es asumir la elegibilidad o los requisitos sin la confirmación oficial. Otros errores incluyen:

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 11.837 €.

Convocatoria oficial

Otras convocatorias abiertas parecidas

Más subvenciones de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura · Subvenciones en Canarias

Guías relacionadas

ORDEN CONSEJERA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACION Y CULTURA POR LA QUE SE CONCEDE LA APORTACION DINERARIA A LAS UPC POR LA COMPENSACION DE PP PP