La Junta Comarcal de Gobierno del Consell Comarcal de l’Alt Camp, en sesión ordinaria de 22 de Julio de 2026, aprobó la convocatoria pública para la concesión de ayudas económicas destinadas a gastos vinculados a la escolarización obligatoria.
CONSELL COMARCAL DE ALT CAMP
Importe total: 50.000 €
Apertura del plazo: 27 de julio de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Educación primaria, Educación secundaria y educación postsecundaria no terciaria
Ámbito territorial: Cataluña · Tarragona
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 921794
A quién va dirigida
A personas físicas (madres, padres o tutores legales) empadronadas en cualquier municipio de la comarca del Alt Camp, excepto Valls, que tengan hijos o hijas en edad escolar y que se encuentren en una situación de necesidad social.
Requisitos
Para poder solicitar la ayuda, debes cumplir de forma conjunta los siguientes requisitos:
Ser mayor de 18 años o estar legalmente emancipado.
Estar empadronado en cualquier municipio del Alt Camp, excepto Valls.
Tener hijos o hijas escolarizados en los niveles de Educación Infantil, Primaria y ESO.
Disponer de un Plan de Trabajo activo con los Servicios Sociales Básicos del Consell Comarcal de l’Alt Camp.
Cumplir con el límite de ingresos: la unidad familiar no puede superar los ingresos establecidos en el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) para un solo miembro, incrementado proporcionalmente según la fórmula IRSC x 1,3 x 0,5 por cada miembro adicional. Para el cálculo se sumarán los ingresos netos de los seis meses anteriores a la solicitud.
No disponer de bienes inmuebles distintos a la vivienda habitual en propiedad, posesión o usufructo (salvo casos de separación o divorcio acreditados donde el uso se haya atribuido al otro cónyuge), ni percibir rentas alternativas suficientes.
No recibir otras ayudas que, acumuladas a esta, superen el coste real de la actividad subvencionada.
Qué se subvenciona
Los gastos vinculados a la escolarización obligatoria de niños y jóvenes que estén cursando los niveles de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 50.000,00 euros. Las ayudas máximas por alumno según su nivel educativo son:
Educación Infantil: hasta 300,00 €.
Educación Primaria: hasta 400,00 €.
Educación Secundaria Obligatoria (ESO): hasta 500,00 €.
El porcentaje final que se concederá de dicho máximo dependerá de la puntuación obtenida:
De 50 a 70 puntos: 50% de la ayuda máxima.
De 71 a 85 puntos: 75% de la ayuda máxima.
De 86 a 100 puntos: 100% de la ayuda máxima.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 27 de julio de 2026 y finaliza el 30 de noviembre de 2026.
La solicitud se debe presentar mediante el modelo normalizado a través de las siguientes vías:
De forma electrónica en la sede de la entidad (https://www.seu-e.cat/web/ccaltcamp).
Presencialmente en el Registro General del Consell Comarcal de l’Alt Camp.
Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Las solicitudes se atenderán por orden de entrada, salvo casos de atención urgente valorados por los Servicios Sociales. En caso de documentación incompleta, se otorgará un plazo de 10 días para subsanar los errores.
Criterios de valoración
La concesión se basa en la suma de dos baremos (económico y social) hasta un máximo de 100 puntos:
1. Valoración económica (máximo 50 puntos): Se calcula según los ingresos de la unidad familiar en relación al límite máximo del IRSC:
Ingresos inferiores al 50% del máximo: 50 puntos.
Ingresos entre el 50 y el 75% del máximo: 35 puntos.
Ingresos entre el 75 y el 100% del máximo: 20 puntos.
2. Valoración social (máximo 50 puntos): Según la gravedad determinada en el Plan de Trabajo de Servicios Sociales:
Plan de trabajo vulnerable: 30 puntos.
Plan de trabajo de riesgo: 40 puntos.
Plan de trabajo de alto riesgo: 50 puntos.
Obligaciones
Cumplir con el Plan de Trabajo acordado con el profesional de los Servicios Sociales Básicos.
Destinar la ayuda exclusivamente a la escolarización y presentar facturas y documentos acreditativos del gasto.
Asumir el coste del gasto que no quede cubierto por la ayuda.
Comunicar cualquier cambio en la situación socioeconómica o la obtención de otras ayudas para el mismo fin.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar esta ayuda si resido en el municipio de Valls?
No. Quedan expresamente excluidos los residentes en el municipio de **Valls**, estando dirigida la ayuda únicamente al resto de municipios de la comarca del **Alt Camp**.
¿Cómo se calcula el límite de ingresos familiares para acceder a la ayuda?
Se toma como referencia el **IRSC** aplicándole la fórmula de **IRSC x 1,3 x 0,5 por cada miembro** de la unidad familiar, sumando los ingresos netos de todos los convivientes de los **seis meses anteriores** a la solicitud.
¿Qué ocurre si me conceden la ayuda pero no presento las facturas de los gastos?
Tiene la obligación de justificar la ayuda mediante la presentación de **facturas y documentos acreditativos del gasto**; de lo contrario, deberá reintegrar el importe concedido.