CONVENIO COLABORACION ASOCIACION PROPIETARIOS DEL MONTSENY, AÑO 2026

AYUNTAMIENTO DE GARRIGA, LA

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Informativa: Convenio de Colaboración con la Asociación Propietarios del Montseny (2026)

El Ayuntamiento de La Garriga lanza una nueva convocatoria de subvenciones dirigida a apoyar la labor de la Asociación Propietarios del Montseny. Esta ficha informativa proporciona un resumen claro y conciso de los aspectos clave de esta ayuda, diseñada para facilitar la comprensión de sus objetivos y requisitos principales.

A quién va dirigida

Esta convocatoria está específicamente dirigida a la Asociación Propietarios del Montseny. Los beneficiarios definidos son personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. En este caso concreto, la convocatoria se centra en una entidad predefinida, lo que simplifica la identificación del destinatario principal.

Requisitos principales

Los datos oficiales proporcionados no detallan requisitos específicos que deba cumplir la Asociación Propietarios del Montseny más allá de su propia naturaleza como persona jurídica y el hecho de no desarrollar actividad económica. Dado que se trata de un "Convenio de Colaboración" con una entidad específica, se infiere que los requisitos adicionales se establecerían en el propio convenio o en la documentación interna del Ayuntamiento de La Garriga, no disponible en los datos facilitados. Es fundamental que la Asociación designada consulte el texto completo del convenio o contacte directamente con el organismo gestor para conocer cualquier otra condición aplicable.

Qué gastos cubre

La finalidad de esta subvención se describe como "Otras Prestaciones económicas". Sin embargo, los datos oficiales no especifican qué tipo de gastos o actividades concretas están cubiertos por esta ayuda. Al tratarse de un convenio de colaboración, es habitual que el uso de los fondos esté vinculado a las actividades o proyectos acordados en dicho convenio con la Asociación Propietarios del Montseny. Para conocer en detalle qué partidas son subvencionables, la Asociación deberá referirse al contenido íntegro del convenio o la normativa específica que lo regula.

Cuantía y plazos

El importe total destinado a esta convocatoria es de 5.000 EUR. Esta cuantía corresponde a una "subvención y entrega dineraria sin contraprestación", lo que significa que el beneficiario recibe los fondos sin la obligación directa de un servicio o entrega a cambio, sino para la consecución de una finalidad pública.

En cuanto a los plazos, la convocatoria se abre el 1 de enero de 2026 y el cierre está fijado para el 30 de noviembre de 2026. Es crucial que la Asociación beneficiaria tenga en cuenta estas fechas para cualquier trámite o formalización que sea necesario realizar en el marco de este convenio de colaboración. El plazo de casi once meses ofrece un margen amplio para la gestión de la ayuda.

Cómo solicitarla

Los datos oficiales disponibles no incluyen información detallada sobre el procedimiento específico para solicitar esta subvención. Dado que se trata de un "Convenio de Colaboración" con una asociación ya designada, el proceso de solicitud podría diferir de una convocatoria de subvenciones abierta y competitiva. Es probable que la formalización de la ayuda se realice a través de la firma del convenio o de un procedimiento administrativo específico establecido entre el Ayuntamiento de La Garriga y la Asociación Propietarios del Montseny. La Asociación deberá ponerse en contacto directo con el Ayuntamiento de La Garriga para conocer los pasos exactos a seguir.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes en convocatorias de este tipo es no consultar el texto completo del convenio o de las bases reguladoras cuando están disponibles. Aunque en este caso los documentos oficiales no se han facilitado, es fundamental que la Asociación Beneficiaria se asegure de obtener y comprender toda la documentación adicional que rija este convenio. Otro error podría ser desatender los plazos establecidos. A pesar de que el periodo de cierre es amplio, es crucial gestionar la formalización dentro de las fechas de apertura y cierre indicadas para evitar la pérdida de la ayuda. Finalmente, es importante no asumir qué gastos están cubiertos y, en su lugar, verificarlo directamente con el Ayuntamiento de La Garriga si el convenio no lo detalla explícitamente.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede AYUNTAMIENTO DE GARRIGA, LA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 5000 €.

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