Sub. 2026 a empresas adheridas del programa Formación y Empleo PASARELA EMPRESA según Resolución de 15 de julio de 2026
SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)
Importe total: 1.750.000 €
Apertura del plazo: 21 de julio de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Extremadura
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 920625
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a las siguientes entidades que desarrollen su actividad en Extremadura:
Grandes empresas, PYMES y personas físicas que desarrollan actividad económica (como empresas adheridas).
Agrupaciones formadas por una entidad promotora y una o varias empresas adheridas que presenten una solicitud conjunta mediante un convenio de agrupación.
Entidades que cumplan con las condiciones de forma individual (tanto de entidad promotora como de empresa adherida), sustituyendo el convenio por una declaración responsable.
Quedan excluidas las empresas sujetas al Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión (sector agrícola).
Qué se subvenciona
Se financia la realización de proyectos del programa de formación y empleo Pasarela Empresa para el ejercicio 2026. Los conceptos subvencionables se dividen en los siguientes módulos:
Módulo de formación.
Módulo de experiencia laboral (sometido al régimen de ayudas de *minimis*).
Módulo de gestión y acompañamiento.
Módulo de becas de asistencia y de ayudas a la movilidad en la etapa formativa inicial.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 3.000.000 euros, distribuidos entre las anualidades de 2026 (con 625.000 euros) y 2027 (con 2.375.000 euros). El importe de la BDNS asignado a las empresas adheridas es de 1.750.000 euros (dentro de la aplicación de la anualidad 2027).
La cuantía individualizada de cada subvención será la suma de los módulos de formación, experiencia laboral, gestión y acompañamiento, y becas y ayudas a la movilidad de la etapa formativa.
Las ayudas para el módulo de experiencia laboral están limitadas por el régimen de *minimis*, por lo que el importe total de estas ayudas para una misma empresa no podrá superar los 300.000 euros durante cualquier período de tres años evaluado de forma continua.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 21 de julio de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026.
La tramitación de las solicitudes y el acceso a toda la información del procedimiento se debe realizar de forma electrónica a través del punto de acceso general de la Junta de Extremadura: https://www.juntaex.es/w/0721625?inheritRedirect=true.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si mi empresa cumple el rol de entidad promotora y de empresa adherida a la vez?
Puede presentar la solicitud de forma individual. En este caso, no es necesario aportar un convenio de agrupación y se sustituye por una declaración responsable donde consten los compromisos asumidos.
¿Cuál es el límite máximo de ayuda que puede recibir una empresa por la experiencia laboral?
Al estar sujetas al régimen de *minimis*, la empresa no puede recibir más de **300.000 euros** en un período de tres años, evaluado de manera continua con cada nueva concesión.
¿Qué normativa regula las bases de esta subvención?
Las bases reguladoras están aprobadas por el **Decreto 126/2025, de 9 de septiembre** (publicado en el DOE nº 187 de 29 de septiembre de 2025).