Bases y convocatoria de ayudas para la promoción de la ocupación de locales comerciales vacíos, sin actividad económica, en el casco histórico de Agurain

AYUNTAMIENTO DE AGURAIN/SALVATIERRA

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a personas físicas (autónomas), socios/as de comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, y personas jurídicas legalmente constituidas que sean microempresas o autónomos con las siguientes características:

Deben ser titulares de una actividad económica nueva, de la apertura de un nuevo establecimiento (que no suponga el traslado de uno existente en Agurain y manteniendo abierto el anterior local durante la percepción de la ayuda) o de una actividad que se traslade desde una vivienda o edificio de oficinas.

Quedan expresamente excluidas las asociaciones, clubes, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, personal autónomo colaborador, sociedades patrimoniales y entidades del sector público.

Requisitos

Qué se subvenciona

Se subvenciona el alquiler mensual del local comercial posterior al 1 de enero de 2026.

No son subvencionables los impuestos, tasas, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la fianza del local ni los gastos de gestión inmobiliaria.

Cuantía

La ayuda cubre hasta un máximo del 50% de las doce mensualidades del alquiler del local durante el año 2026, con un límite máximo de 300 euros al mes por local.

El último pago subvencionable será el correspondiente al alquiler de diciembre de 2026. El presupuesto total de la convocatoria es de 10.000 euros.

Plazo y cómo solicitarla

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el contrato de alquiler incluye un periodo de carencia sin pagos?

Si existe un periodo de carencia en el que no se paga renta, el abono de la subvención comenzará a contar en el momento en el que la empresa realice efectivamente el pago de la primera mensualidad al arrendador.

¿Se puede solicitar la ayuda antes de firmar el alquiler o dar de alta la actividad?

No. Para poder realizar la solicitud es obligatorio tener ya firmado el contrato de arrendamiento y estar dado de alta tanto en el IAE como en la Seguridad Social en el local objeto de la ayuda.

¿Puedo pedir la ayuda si el local es de un familiar?

No. Las bases prohíben expresamente que el beneficiario de la subvención tenga una relación de parentesco con el propietario del local de hasta el segundo grado, lo cual incluye también al cónyuge.

Convocatoria oficial

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Ayudas para autónomos en Álava · Subvenciones en Álava · Subvenciones en País Vasco

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