AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en su compromiso con el bienestar animal y la gestión responsable de las colonias felinas, ha formalizado un convenio de colaboración con la Asociación de padres de niños y adolescentes discapacitados de Ibiza y Formentera (ASPANADIF). Esta iniciativa tiene como propósito fundamental la redacción de la Memoria técnica Colonia Felina Insular 2026, un paso esencial para el desarrollo de futuras acciones en este ámbito.
Esta ficha divulgativa tiene como objetivo proporcionar una visión clara y concisa de los aspectos más relevantes de esta entrega dineraria, facilitando su comprensión para todos los interesados. Es importante destacar que, al tratarse de un convenio de colaboración específico, la información se centra en los datos disponibles para este acuerdo particular.
Esta subvención y entrega dineraria sin contraprestación está dirigida específicamente a la Asociación de padres de niños y adolescentes discapacitados de Ibiza y Formentera (ASPANADIF). Los beneficiarios de esta ayuda deben ser personas jurídicas que, por su naturaleza, no desarrollan actividad económica.
Dado que la información oficial proporcionada corresponde a un convenio de colaboración ya establecido y no a una convocatoria abierta con requisitos generales, los detalles sobre requisitos específicos para presentar una solicitud no están disponibles. Se entiende que la entidad beneficiaria, ASPANADIF, cumple con las condiciones establecidas en el convenio firmado con el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany. La finalidad de esta colaboración se enmarca en el sector de Sanidad.
La finalidad explícita de este convenio es la redacción de la Memoria técnica Colonia Felina Insular 2026. Por lo tanto, se deduce que los fondos están destinados a cubrir los gastos asociados directa o indirectamente a la elaboración de dicha memoria técnica. La convocatoria no detalla un listado específico de gastos subvencionables, pero su uso debe estar alineado con la finalidad establecida.
El importe total de esta entrega dineraria asciende a 5.000 EUR.
En cuanto a los plazos, la convocatoria indica un periodo de apertura del 01 de enero de 2026 y un cierre el 31 de diciembre de 2026. Este marco temporal se refiere al periodo en el que el convenio está activo o en el que la ayuda es efectiva para la realización del proyecto.
Al tratarse de un convenio de colaboración ya establecido entre el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany y ASPANADIF, no existe un procedimiento de solicitud abierto al público en general. La formalización de esta entrega dineraria se realiza a través del acuerdo bilateral entre las dos entidades mencionadas. Por lo tanto, no hay un proceso de solicitud al que otras organizaciones puedan adherirse para esta ayuda específica.
Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de anuncios es confundirlo con una convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva o abierta a múltiples solicitantes. Es fundamental comprender que este es un convenio de colaboración específico con una entidad predeterminada (ASPANADIF). Otro error sería intentar presentar una solicitud sin ser la entidad designada, ya que el proceso no está abierto de esa manera. Además, considerar que la finalidad (redacción de la Memoria Técnica Colonia Felina Insular 2026) es flexible, cuando está claramente definida.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 5000 €.
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