BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA QUE REGIRÁN LAS AYUDAS PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE ACCESO DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES. AÑO 2026
AYUNTAMIENTO DE CORIA
Importe total: 62.640 €
Apertura del plazo: 22 de junio de 2026
Cierre del plazo: 11 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Extremadura · Cáceres
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 914290
A quién va dirigida
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica, que estén empadronadas y residan de forma legal y efectiva en el municipio de Coria (Cáceres, Extremadura).
Qué se subvenciona
Se subvencionan los gastos destinados a garantizar los suministros mínimos vitales de la vivienda:
Gastos de energía eléctrica, gas natural y propano.
Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, suministro, tasas, cánones, impuestos que los graven, alcantarillado y basura.
Gastos de alta y reconexión en caso de corte por impago de energía eléctrica, gas natural, gas propano y agua potable.
Adquisición de gas butano.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 62.640,20 €.
La cuantía máxima de la ayuda por unidad de convivencia y año se limita según el número de miembros:
Unidades de hasta 2 miembros: hasta 950,00 €.
Unidades de entre 3 y 4 miembros: hasta 1.100,00 €.
Unidades de 5 o más miembros: hasta 1.200,00 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 22 de junio de 2026 y finaliza el 11 de diciembre de 2026. La convocatoria se cerrará antes de dicha fecha si se agota el crédito presupuestario de 62.640,20 €.
Las solicitudes se deben presentar conforme al Anexo I del modelo oficial junto con la documentación acreditativa de las circunstancias alegadas. El órgano encargado de tramitar el procedimiento es el Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Coria. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses.
Obligaciones
Las personas beneficiarias deben cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:
Justificar el gasto realizado para el fin que se concedió la ayuda.
Permitir y facilitar las comprobaciones de los Servicios Sociales de Atención Social Básica y aportar la información requerida.
Comunicar cualquier cambio económico, de convivencia o de otra índole en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzca.
Solicitar previamente otras prestaciones o ayudas a las que tengan derecho los miembros del hogar.
Solicitar el bono social si se cumplen los requisitos de la normativa estatal.
Reintegrar los fondos en caso de cobro indebido o de no aplicarlos al fin concedido.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo tiene el Ayuntamiento para resolver mi solicitud?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución definitiva es de **6 meses**.
¿Qué pasa si se acaba el dinero asignado antes del 11 de diciembre de 2026?
La convocatoria se dará por cerrada de forma anticipada en el momento en que se agote el crédito presupuestario total de **62.640,20 €**.
¿Puedo pedir la ayuda si tengo cortes de luz o agua por impago?
Sí, la ayuda cubre específicamente los gastos de **alta y reconexión** en caso de que se haya interrumpido el suministro de energía eléctrica, gas natural, gas propano o agua potable por falta de pago.