EXTRACTO BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DEL SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR A PERSONAS CUIDADORAS HABITUALES NO PROFESIONALES 2026
AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
Importe total: 45.747 €
Apertura del plazo: 17 de junio de 2026
Cierre del plazo: 15 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Extremadura · Cáceres
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 912875
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a personas cuidadoras habituales no profesionales que atienden a personas en situación de dependencia o discapacidad en el municipio de Plasencia.
Requisitos
Para que la persona cuidadora pueda recibir la ayuda, la persona atendida (que será la usuaria del servicio de respiro) debe cumplir los siguientes requisitos:
Estar en situación de dependencia (grados I, II o III) y tener un reconocimiento oficial de discapacidad igual o superior al 33%.
O bien, tener un grado de discapacidad oficialmente reconocido igual o superior al 75% (en este caso, no es obligatorio tener la dependencia reconocida si la necesidad se justifica desde el servicio de atención social básica correspondiente).
En ambos casos, no tener reconocida una plaza pública en servicio de atención residencial ni una prestación económica vinculada al servicio de atención residencial.
Qué se subvenciona
Se financia la prestación de los siguientes servicios de respiro familiar:
Acompañamiento y asistencia domiciliaria.
Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio.
Asistencia en establecimiento no sociosanitario.
Asistencia en establecimiento sociosanitario.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 45.746,96 € para el año 2026.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Desde el 17 de junio de 2026 hasta el 15 de diciembre de 2026 (el plazo se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres).
Cómo solicitarla: Toda la documentación debe presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica en el Registro General del Ayuntamiento de Plasencia, dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si la persona a la que cuido ya tiene una plaza en una residencia pública?
No. Uno de los requisitos obligatorios es que la persona atendida no tenga reconocida una plaza pública en un servicio de atención residencial ni reciba una prestación económica vinculada a dicho servicio.
¿Es necesario tener reconocida la situación de dependencia para acceder al servicio?
No siempre. Si la persona atendida tiene un grado de discapacidad oficialmente reconocido **igual o superior al 75%**, puede beneficiarse del respiro familiar sin tener la dependencia reconocida, siempre que la necesidad se justifique por el servicio de atención social básica. En caso de tener una discapacidad menor (mínimo del **33%**), sí es obligatorio tener reconocido el **grado I, II o III** de dependencia.