CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de Cantabria presenta la Subvención Nominativa al Grupo de Acción Local Liébana, una iniciativa destinada a apoyar actuaciones de carácter económico en la región. Esta convocatoria, con un importe total de 35.000 euros, busca impulsar el desarrollo y la dinamización de actividades en el ámbito de Liébana a través de entidades jurídicas específicas.
Esta ficha tiene como objetivo ofrecer una visión clara y concisa de los aspectos más relevantes de la subvención, facilitando la comprensión y la posible preparación para futuras convocatorias similares, dado que la presente ya tiene un beneficiario determinado.
Esta subvención nominativa está dirigida específicamente a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según la información proporcionada, el beneficiario designado es el Grupo de Acción Local Liébana. La naturaleza nominativa de la subvención implica que el receptor está preestablecido por la normativa o presupuesto que la regula, sin que se requiera un proceso de concurrencia competitiva o abierta para su adjudicación.
Dado el carácter nominativo de esta subvención, los requisitos principales se centran en la calificación del beneficiario como "persona jurídica que no desarrolla actividad económica" y en su identificación como "Grupo de Acción Local Liébana". La convocatoria no detalla requisitos adicionales de elegibilidad para el beneficiario ni criterios específicos que deba cumplir más allá de su propia naturaleza y misión.
La finalidad de esta subvención es apoyar "Otras actuaciones de carácter económico". La información disponible no especifica los tipos concretos de gastos elegibles que pueden ser cubiertos por esta subvención. Por tanto, para conocer el detalle de los gastos subvencionables, sería necesario consultar la normativa específica que regula esta subvención nominativa o la justificación del gasto por parte del Grupo de Acción Local Liébana.
El importe total de esta subvención asciende a 35.000 euros.
En cuanto a los plazos, la convocatoria indica una fecha de apertura el 9 de junio de 2026 y una fecha de cierre el 31 de diciembre de 2026. Es importante destacar que estos plazos se refieren al periodo de vigencia o ejecución de la subvención, y no a un periodo de solicitud abierta, dada su naturaleza nominativa.
Al tratarse de una subvención nominativa, no existe un procedimiento de solicitud abierto al público o a otras entidades. La entrega dineraria sin contraprestación se realiza directamente al beneficiario designado, el Grupo de Acción Local Liébana, conforme a la normativa presupuestaria y a los términos específicos que regulen esta asignación. Por tanto, otras personas jurídicas o entidades no pueden solicitar esta subvención específica.
Uno de los errores más comunes podría ser la confusión sobre la naturaleza de la subvención. Al ser "nominativa", no es una convocatoria abierta a la que cualquier entidad pueda presentarse. Está preasignada a un beneficiario específico. Intentar presentar una solicitud si no se es el Grupo de Acción Local Liébana o no se tiene un conocimiento profundo de la normativa que la ampara, sería un error. Otro posible error sería asumir que esta subvención está dirigida a personas físicas o a personas jurídicas que sí desarrollan actividad económica, cuando los datos indican claramente lo contrario. Finalmente, la falta de información detallada sobre los objetivos específicos de las actuaciones económicas y los gastos elegibles podría llevar a interpretaciones erróneas si no se consulta la regulación específica del convenio o acuerdo que da origen a esta subvención nominativa.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 35.000 €.
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