INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (I.M.A.S.)
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Instituto Murciano de Acción Social (I.M.A.S.) ha lanzado una subvención nominativa destinada a la "Fundación Ambulancia Último Deseo" para el desarrollo de actividades, servicios y su mantenimiento. Esta ayuda se enmarca dentro del sector de Actividades Sanitarias y de Servicios Sociales, con una clara finalidad de Servicios Sociales y Promoción Social en el ámbito de Murcia. Se trata de una entrega dineraria sin contraprestación, reflejando el compromiso con el apoyo a entidades que realizan una labor social fundamental.
Esta subvención está dirigida específicamente a la "Fundación Ambulancia Último Deseo". La convocatoria clasifica a los beneficiarios como "PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA". Por tanto, otras entidades o fundaciones que no se correspondan con la beneficiaria nominada no pueden optar a esta ayuda. Su enfoque es claro y preciso: apoyar la labor de una entidad concreta en la región de Murcia.
Dado el carácter nominativo de esta subvención, el principal requisito para ser beneficiario es ser la entidad específica "Fundación Ambulancia Último Deseo". La convocatoria no detalla otros requisitos adicionales que deba cumplir la fundación, más allá de su naturaleza de persona jurídica que no desarrolla actividad económica, tal como se especifica en los datos oficiales. No se mencionan criterios de elegibilidad generales, ni documentación específica que otras entidades deban presentar, ya que la ayuda está pre-asignada.
La finalidad de esta subvención es apoyar "ACTIVIDADES, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO" de la "Fundación Ambulancia Último Deseo". Si bien la convocatoria no ofrece un desglose detallado de los tipos de gastos concretos que son subvencionables (como personal, material, alquileres, etc.), se entiende que la cuantía concedida deberá destinarse a cubrir los costes operativos y programáticos necesarios para el desarrollo de la misión de la Fundación en el ámbito de los Servicios Sociales y la Promoción Social. Al tratarse de una subvención nominativa, la aplicación de estos fondos se ajustará a lo establecido en el acuerdo o convenio de colaboración entre el I.M.A.S. y la Fundación, aunque dicho documento no ha sido facilitado en esta ficha.
El importe total asignado a esta subvención nominativa asciende a 75.000 EUR. Esta es la cuantía íntegra destinada a la "Fundación Ambulancia Último Deseo".
Los plazos de la convocatoria son los siguientes:
Es importante destacar que, al ser nominativa, estos plazos se refieren al periodo de ejecución o vigencia de la subvención, no a un periodo de presentación de solicitudes por parte de terceros. La propia naturaleza nominativa implica que la asignación ya está determinada.
Dada su naturaleza de subvención nominativa, esta convocatoria no requiere un proceso de solicitud abierto para otras entidades. La "Fundación Ambulancia Último Deseo" es la beneficiaria preestablecida, y la concesión se materializa a través de un acuerdo directo con el Instituto Murciano de Acción Social (I.M.A.S.). Por tanto, la información proporcionada no incluye un procedimiento de solicitud, formularios ni un portal para la presentación de candidaturas, ya que la beneficiaria está explícitamente designada.
Uno de los errores más comunes al interpretar una subvención nominativa es creer que existe un proceso de concurrencia competitiva o libre concurrencia al que otras entidades puedan presentarse. En este caso, el error sería que una fundación diferente a la "Fundación Ambulancia Último Deseo" intentara presentar una solicitud. Otro posible error podría ser no comprender que los plazos de apertura y cierre se refieren al período de aplicación o vigencia de la subvención para la entidad beneficiaria, y no a un plazo de presentación de solicitudes. Al no haber un texto de documentos oficiales disponible, no se pueden inferir otros errores relacionados con la interpretación de bases específicas.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (I.M.A.S.); el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 75.000 €.
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SUBVENCIÓN NOMINATIVA A FUNDACIÓN AMBULANCIA ÚLTIMO DESEO. ACTIVIDADES, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO