CONVOCATORIA DE LA CONCESION DE AYUDAS A LA INSERCIÓN SOCIAL Y EMERGENCIA SOCIAL PARA El AÑO 2026.

AYUNTAMIENTO DE NIGRÁN

A quién va dirigida

A personas individuales para sí mismas o para su unidad familiar (personas que conviven en el mismo domicilio unidas por relación conyugal o análoga, adoptiva, de consanguinidad hasta segundo grado o afinidad en primer grado) que se encuentren en situaciones carenciales, con el fin de satisfacer sus necesidades económicas y estimular su incorporación social y laboral.

Requisitos

Qué se subvenciona

Gastos destinados a paliar situaciones de emergencia social e inserción social. El presupuesto de la convocatoria se divide en 28.000 € para gasto corriente y 5.600 € para gastos de inversión.

Cuantía

El importe se modulará según el concepto de la necesidad, el gasto necesario para cubrirla y la situación socioeconómica del solicitante. Con carácter general, se concederá un máximo de dos ayudas al año por unidad familiar, aunque en casos de excepcional gravedad y con informe técnico de los Servicios Sociales, la concejalía competente podrá proponer incrementar este número.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes se abre el 8 de junio de 2026 (día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria) y permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2026.

Las solicitudes se tramitan en el Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Nigrán y se resuelven por la Alcaldía-Presidencia en un plazo máximo de seis meses. El silencio administrativo es desestimatorio.

Obligaciones

Los beneficiarios deben justificar que la ayuda se destinó a los fines concedidos mediante la presentación de facturas. El plazo para presentar la justificación es de un mes desde la fecha de pago, salvo para las ayudas pagadas en el mes de noviembre, cuyo plazo máximo de justificación finalizará el 20 de diciembre del año en curso.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas ayudas puedo recibir al año?

Con carácter general, cada unidad familiar puede recibir un máximo de **dos ayudas de emergencia al año**, salvo en supuestos de excepcional gravedad que cuenten con una propuesta de la concejalía y un informe técnico justificativo.

¿Cuál es el plazo para justificar el dinero recibido?

Debe justificarse con facturas en el plazo de **un mes** desde que se recibe el pago. La única excepción son las ayudas cobradas en noviembre, que deben justificarse como máximo el **20 de diciembre**.

¿Qué ocurre si el Ayuntamiento no responde a mi solicitud en plazo?

El plazo máximo para resolver y notificar es de **seis meses**. Si transcurrido ese tiempo no se ha recibido notificación, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Convocatoria oficial

Otras convocatorias abiertas parecidas

Más subvenciones del Ayuntamiento de Nigrán · Ayudas de emergencia social en Pontevedra · Subvenciones en Pontevedra · Subvenciones en Galicia

Guías relacionadas

CONVOCATORIA DE LA CONCESION DE AYUDAS A LA INSERCIÓN SOCIAL Y EMERGENCIA SOCIAL PARA El AÑO 2026.