SUBVENCIONES PARA EL APOYO AL EMPRENDIMIENTO, AMPLIACIÓN O TRASLADO, CONSOLIDACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DIGITAL Y SUCESIÓN DE EMPRESAS 2026
AYUNTAMIENTO DE ELGOIBAR
Importe total: 72.000 €
Apertura del plazo: 28 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 908942
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica y que dispongan de un proyecto empresarial localizado en el municipio de Elgoibar (Gipuzkoa).
Quedan expresamente excluidas las empresas con participación pública, las sociedades públicas, las entidades de derecho público y las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.
Requisitos
Para poder optar a estas subvenciones, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Disponer de un proyecto empresarial localizado en el municipio de Elgoibar, o tener un negocio existente en el municipio para evitar el cierre de su actividad.
No estar cumpliendo sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por razón de sexo.
No estar sancionado en virtud de la ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Qué se subvenciona
El programa cuenta con cuatro tipos de subvenciones, orientadas especialmente al apoyo de la actividad económica y la recuperación de locales comerciales vacíos en el casco histórico de Elgoibar:
a) Subvención de creación de actividad económica: Apoyo a nuevas iniciativas empresariales generadoras de empleo.
b) Subvención de sucesión de actividades económicas: Sucesión o relevo empresarial por parte de personas físicas o jurídicas.
Otras dos líneas destinadas a la ampliación o traslado, consolidación y actualización digital (cuyas condiciones específicas se detallan en los anexos correspondientes del documento oficial).
La línea a) de creación de actividad económica y la línea b) de sucesión de actividades económicas son incompatibles entre sí. El resto de las líneas de subvención son compatibles entre ellas.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 72.000 € (partida presupuestaria "ELGOIBAR EKINEAN").
En caso de que el crédito consignado no sea suficiente para cubrir el gasto de todas las subvenciones aprobadas, este se repartirá de forma proporcional entre las solicitudes. Si se agota el crédito en una línea pero sobra fondo en las otras, el presupuesto restante podrá utilizarse para atender las solicitudes pendientes.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: El periodo de presentación de solicitudes está abierto y finalizará el 31 de octubre de 2026 (inclusive).
Cómo solicitarla: La presentación se debe realizar exclusivamente de forma electrónica a través de la página web municipal www.elgoibar.eus. Es necesario disponer de un certificado digital admitido (como B@K-Q, DNI electrónico o tarjeta de IZENPE, entre otros).
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar a la vez la ayuda por crear una empresa y por relevo empresarial?
No. La subvención de creación de actividad económica (línea a) y la subvención de sucesión de actividades económicas (línea b) son incompatibles entre sí.
¿Qué ocurre si el presupuesto total de la ayuda no es suficiente para todas las solicitudes aprobadas?
Si los **72.000 €** de presupuesto no alcanzan para cubrir todas las subvenciones aprobadas, el importe se repartirá proporcionalmente entre los beneficiarios.
¿Se pueden beneficiar las asociaciones sin ánimo de lucro de estas ayudas?
No. Las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, así como las empresas y sociedades públicas, están expresamente excluidas de esta convocatoria.