Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ascó de fecha 27 de mayo de 2026, por el cual se convocan las subvenciones Impulsamos tus proyectos en Ascó.
AYUNTAMIENTO DE ASCÓ
Importe total: 305.000 €
Apertura del plazo: 01 de junio de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: Cataluña · Tarragona
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 908888
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a personas físicas y jurídicas (incluyendo pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica) que lleven a cabo actuaciones vinculadas al desarrollo socioeconómico de proximidad en el municipio de Ascó.
Qué se subvenciona
Se financian actuaciones vinculadas al desarrollo económico de Ascó a través de las siguientes modalidades de proyectos:
Modalidad 1.- Digitalización negocio
Modalidad 2.- Nuevas actividades económicas o nuevas líneas de negocio
Modalidad 3.- Autoocupación
Modalidad 4.- Turismo en el territorio
Modalidad 5.- Agricultura y consumo responsable
Modalidad 6.- Grandes inversiones
Modalidad 7.- Fomento de la ocupación de calidad
Modalidad 8.- Impulso del Polígono industrial (arrendamiento de nave industrial)
Modalidad 9.- Equipamientos, instalaciones y maquinaria afecta a la actividad
Respecto a los gastos subvencionables, de forma general solo se admiten los gastos y pagos realizados durante el año de la convocatoria (2026). Excepcionalmente, para la Modalidad 9, se subvencionan los gastos realizados durante el año 2025 o el año 2026.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 305.000 EUR. Las ayudas se distribuyen según las siguientes modalidades y límites:
Modalidad 1: Hasta 3.500 € (50% de la inversión). Límite conjunto Mod. 1+2+3: máximo 20.000 €.
Modalidad 2: Hasta 30.000 € (80% de la inversión). Límite conjunto Mod. 1+2+3: máximo 30.000 €.
Modalidad 3: Hasta 6.000 €. Límite conjunto Mod. 1+2+3: máximo 20.000 €.
Modalidad 4: Hasta 10.000 € por submodalidad (80% de la inversión por submodalidad). Límite conjunto Mod. 1+4: máximo 10.000 € por submodalidad.
Modalidad 5: Para nueva actividad, hasta 90.000 € (30% de la inversión); resto de casos, hasta 10.000 € por submodalidad (80% de la inversión por submodalidad). Límite conjunto Mod. 1+3+5 (nueva actividad): máximo 90.000 €. Límite conjunto Mod. 1+5 (resto de casos): máximo 10.000 € por submodalidad.
Modalidad 6: Hasta 90.000 € (30% de la inversión). Límite conjunto Mod. 1+3+6: máximo 90.000 €.
Modalidad 7: Importe según la línea correspondiente.
Modalidad 8: Ayuda del 75% del canon de arrendamiento de la nave industrial (condiciones a determinar según la línea).
Modalidad 9: Hasta 5.000 € (25% de la inversión).
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para la presentación de solicitudes se abre el 1 de junio de 2026 y finaliza el 30 de noviembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la subvención para una inversión en maquinaria realizada en 2025?
Sí. Excepcionalmente, para la **Modalidad 9 (Equipamientos, instalaciones y maquinaria afecta a la actividad)** se admiten gastos y pagos realizados tanto en el año **2025** como en el **2026**. Para el resto de modalidades, solo se admiten gastos del año **2026**.
¿Qué porcentaje de mi proyecto de digitalización me cubre la ayuda?
La **Modalidad 1 (Digitalización negocio)** cubre un máximo del **50%** del coste de la inversión, con un límite de ayuda de **3.500 €**.
¿Dónde se pueden consultar las bases completas que regulan esta ayuda?
Las bases específicas que regulan esta convocatoria se encuentran publicadas en el **Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Tarragona del 25 de mayo de 2026**.