SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA FINANCIACIÓN DE LA PUBLICACIÓN DE LA REVISTA ESCOLAR "DIÁLOGO"

AYUNTAMIENTO DE FERROL

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Subvención para la Publicación de la Revista Escolar "Diálogo" - Ayuntamiento de Ferrol

El Ayuntamiento de Ferrol, en su compromiso con el fomento de la educación y la comunicación en el ámbito escolar, convoca una subvención nominativa destinada a la financiación de la publicación de la revista escolar "Diálogo". Esta iniciativa busca apoyar la continuidad de proyectos educativos que enriquecen la vida cultural y formativa de la comunidad.

La presente ficha divulgativa tiene como objetivo ofrecer un resumen claro y conciso de los aspectos más relevantes de esta convocatoria, basándose exclusivamente en la información oficial disponible.

A quién va dirigida

Esta subvención está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según la información proporcionada, este es el único tipo de entidad que puede beneficiarse de esta ayuda. La convocatoria se enmarca en el sector de la Educación y tiene como finalidad principal la educación, implicando la publicación de la revista escolar "Diálogo".

Requisitos principales

Para ser beneficiario de esta subvención, el requisito principal establecido es ser una persona jurídica que no desarrolla actividad económica. La convocatoria no detalla otros requisitos específicos que deban cumplir las entidades solicitantes, como experiencia previa, tamaño de la entidad, o la necesidad de estar inscrito en algún registro particular. Es fundamental que las entidades interesadas confirmen que su naturaleza jurídica y su actividad se ajustan a esta descripción.

Qué gastos cubre

La finalidad explícita de esta subvención es la financiación de la publicación de la revista escolar "Diálogo". Esto implica que los gastos elegibles serán aquellos directamente relacionados con el proceso de edición, impresión, distribución o cualquier otra actividad intrínsecamente ligada a la producción y difusión de dicha publicación. La convocatoria no ofrece un desglose más detallado de los tipos de gastos concretos que se consideran subvencionables, ni especifica qué costes quedarían excluidos.

Cuantía y plazos

El importe total asignado a esta subvención nominativa es de 500 EUR. Al tratarse de una subvención nominativa, este importe se entiende destinado a un beneficiario concreto y para una finalidad específica, tal como su propio título indica.

El plazo para la presentación de solicitudes, o el periodo de vigencia de la subvención, se extiende desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. Es crucial respetar estas fechas para cualquier gestión relacionada con la subvención.

Cómo solicitarla

La información oficial proporcionada no incluye detalles sobre el procedimiento para solicitar esta subvención. Dado que es una subvención nominativa, el proceso habitual implica que el beneficiario ya está identificado en la propia ley de presupuestos o en un acuerdo específico, y el trámite posterior suele ser la justificación y recepción del pago. No se detalla un proceso de concurrencia competitiva o libre concurrencia ni se menciona la necesidad de presentar una solicitud formal a través de una plataforma o documento específico.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes podría ser la solicitud por parte de entidades que sí desarrollan actividad económica, ya que la convocatoria especifica claramente que los beneficiarios deben ser "personas jurídicas que no desarrollan actividad económica". Otro error podría ser intentar financiar con esta subvención actividades o publicaciones diferentes a la revista escolar "Diálogo", dado el carácter nominativo y la finalidad explícita. Finalmente, cualquier gestión o intento de justificación fuera del periodo del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026 no será atendida.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede AYUNTAMIENTO DE FERROL; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 500 €.

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