Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Asturias
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 907424
A quién va dirigida
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica, que tengan escasos ingresos económicos y especiales dificultades para afrontar los gastos de su vivienda en el municipio de Avilés (Asturias), con el fin de prevenir situaciones de riesgo de exclusión social.
Requisitos
Para ser beneficiario se debe cumplir lo siguiente según cada línea de ayuda:
Línea 1: Ayudas a propietarios
Modalidad 1 (Hipotecas): Ser persona física titular de un préstamo hipotecario en el año 2026 sobre la vivienda que constituya su domicilio habitual en el municipio de Avilés.
Modalidad 2 (Comunidad de propietarios): Ser persona física propietaria de una vivienda de naturaleza urbana en el término municipal de Avilés en el año 2065.
Línea 2: Ayudas al alquiler: Ser persona física arrendataria con un contrato de arrendamiento en vigor a la fecha de presentación de la solicitud.
Línea 3: Ayudas a la garantía energética: Ser persona física titular de un contrato de suministro energético (electricidad y/o gas) y/o de agua en vigor a la fecha de presentación de la solicitud.
En todos los casos se deben cumplir los requisitos fijados en las cláusulas de la convocatoria.
Qué se subvenciona
Se subvenciona el acceso y mantenimiento de la vivienda habitual a través de tres líneas de actuación:
Línea 1: Ayudas a propietarios:
Modalidad 1: Pago de cuotas hipotecarias.
Modalidad 2: Pago de cuotas de comunidades de propietarios.
Línea 2: Pago de alquiler.
Línea 3: Pago de suministros de garantía energética (electricidad, gas y/o agua).
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 1.020.000,00 euros, distribuido de la siguiente manera:
Ayudas a propietarios de vivienda (Línea 1): 150.000,00 euros.
Ayudas al alquiler (Línea 2): 530.000,00 euros.
Ayudas a la garantía energética (Línea 3): 340.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Las solicitudes se gestionan a través de la entidad colaboradora Fundación San Martín. Los plazos de presentación de solicitudes son:
Línea 1 (Propietarios):Dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOPA.
Línea 2 (Alquiler): Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOPA hasta el 31 de octubre de 2026.
Línea 3 (Garantía energética): Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOPA hasta el 31 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué organismo convoca estas ayudas y quién las gestiona?
Las subvenciones son convocadas por el **Ayuntamiento de Avilés** y se otorgan por medio de la entidad colaboradora **Fundación San Martín**.
¿Se puede pedir ayuda para pagar las facturas del agua?
Sí, la **Línea 3 (Ayudas a la garantía energética)** permite solicitar subvenciones para el pago del contrato de suministro de **agua**, además de los de **electricidad y/o gas**.
¿Cuál es el plazo límite absoluto para solicitar las ayudas de alquiler y energía?
El plazo para la Línea 2 (alquiler) y la Línea 3 (garantía energética) finaliza el **31 de octubre de 2026**.