AYUNTAMIENTO DE CHIPRANA
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Ayuntamiento de Chiprana, en la provincia de Zaragoza (Aragón), ha formalizado un convenio de colaboración con la Asociación Movida Chipranesca 2026, materializado como una subvención y entrega dineraria sin contraprestación. Esta iniciativa busca apoyar a organizaciones sin ánimo de lucro en la realización de actividades en el ámbito deportivo, recreativo y de entretenimiento.
Esta convocatoria está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según la información disponible, el beneficiario designado es la Asociación Movida Chipranesca 2026. Por tanto, se trata de una ayuda nominativa o de concesión directa a una entidad concreta, destinada a apoyar sus actividades en los sectores mencionados.
Dado que la información oficial clasifica este instrumento como un convenio de colaboración y una entrega dineraria sin contraprestación, y nombra a un beneficiario específico (Asociación Movida Chipranesca 2026), se interpreta como una subvención de concesión directa. En este tipo de ayudas, los requisitos principales suelen estar vinculados a la naturaleza y objeto social de la entidad beneficiaria, así como a la justificación del interés público o social de las actividades que realiza.
La convocatoria no detalla requisitos específicos adicionales para la entidad beneficiaria, más allá de su condición de persona jurídica que no desarrolla actividad económica y su identificación explícita como parte del convenio. Tampoco se especifican criterios de valoración, dado el carácter de la ayuda.
La finalidad de esta ayuda se describe genéricamente como "Otras Prestaciones económicas". Los datos oficiales no especifican de forma explícita las tipologías de gastos subvencionables que cubre este convenio. Teniendo en cuenta el sector de actuación (actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento), es razonable inferir que los fondos estarán destinados a cubrir costes asociados a la organización y desarrollo de este tipo de eventos o iniciativas por parte de la Asociación Movida Chipranesca 2026.
La información disponible no permite desglosar un listado concreto de gastos elegibles, como personal, material, alquiler de instalaciones o difusión. Sería necesario consultar el texto completo del convenio o documentos anexos para obtener esta información detallada, que no ha sido proporcionada.
El importe total de esta subvención asciende a 1900 EUR. Esta cantidad representa el montante global de la ayuda destinada a la Asociación Movida Chipranesca 2026 a través de este convenio.
Los plazos establecidos para esta convocatoria son:
Es importante destacar que, al tratarse de un convenio ya establecido con un beneficiario concreto, estos plazos podrían referirse al periodo de ejecución de las actividades subvencionadas o al periodo para la justificación de los fondos, aunque la convocatoria no lo especifica de manera concluyente.
Dado que esta ayuda se instrumenta mediante un convenio de colaboración específico entre el Ayuntamiento de Chiprana y la Asociación Movida Chipranesca 2026, y se categoriza como una entrega dineraria sin contraprestación con un beneficiario ya identificado, no se trata de una convocatoria abierta a la solicitud de cualquier entidad. La "solicitud" en este contexto se materializa a través de la formalización del propio convenio entre las partes implicadas.
Por tanto, las entidades externas a la Asociación Movida Chipranesca 2026 no pueden presentar solicitudes para optar a estos fondos. El procedimiento es de concesión directa al beneficiario designado.
Uno de los errores más frecuentes sería confundir esta ayuda con una convocatoria de libre concurrencia. Al especificar el beneficiario (Asociación Movida Chipranesca 2026) y el instrumento como convenio de colaboración y entrega dineraria sin contraprestación, queda claro que no es una subvención a la que otras entidades puedan postularse. Intentar solicitarla sin ser la entidad designada resultaría infructuoso.
Otro error común sería no comprender la finalidad de la ayuda, que se enmarca en las "Otras Prestaciones económicas" y el sector de actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento. La falta de detalle en la descripción de los gastos elegibles podría llevar a interpretaciones incorrectas si se intenta extrapolar a proyectos que no encajen con el espíritu del convenio entre las partes.
Finalmente, ignorar que la información sobre objetivos y gastos no está detallada en los datos proporcionados es un error. Cualquier inferencia debe hacerse con cautela y buscando la información adicional que el convenio completo ofrecería, en lugar de asumir coberturas de gastos o propósitos no explícitos.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede AYUNTAMIENTO DE CHIPRANA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 1900 €.
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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CHIPRANA Y LA ASOCIACIÓN MOVIDA CHIPRANESCA 2026