Concesión directa subvención nominativa Ayto. Teverga Centro Asesor de la Mujer

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Este documento presenta una ficha divulgativa sobre la subvención nominativa destinada al Ayuntamiento de Teverga para el Centro Asesor de la Mujer, en el ámbito de Asturias.

Resumen de la Convocatoria

La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo del Principado de Asturias ha publicado la convocatoria para la concesión directa de una subvención nominativa al Ayuntamiento de Teverga. Esta ayuda económica, enmarcada en el sector de la Administración pública y de la política económica, social y medioambiental, tiene como finalidad principal los Servicios Sociales y la Promoción Social. Se trata de una entrega dineraria sin contraprestación, que busca apoyar el funcionamiento del Centro Asesor de la Mujer en dicho municipio.

A quién va dirigida

Esta subvención nominativa está dirigida específicamente a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según los datos proporcionados, el beneficiario único de esta convocatoria es el Ayuntamiento de Teverga. Por lo tanto, no se trata de una convocatoria abierta a una pluralidad de posibles solicitantes, sino de una asignación directa a una entidad pública concreta para la financiación de un servicio específico.

Requisitos principales

Dado que se trata de una subvención de concesión directa y nominativa, los requisitos de elegibilidad se aplican al beneficiario designado. Según la información disponible, el único requisito explícito para ser beneficiario es ser una persona jurídica que no desarrolla actividad económica. El Ayuntamiento de Teverga cumple con esta condición. La convocatoria no detalla otros requisitos específicos que el Ayuntamiento de Teverga deba cumplir para recibir o ejecutar esta subvención, más allá de los inherentes a la gestión de fondos públicos.

Qué gastos cubre

La finalidad de esta subvención se enmarca en los Servicios Sociales y la Promoción Social, específicamente para el Centro Asesor de la Mujer del Ayuntamiento de Teverga. Sin embargo, la información oficial proporcionada no detalla explícitamente la tipología de gastos subvencionables (por ejemplo, personal, material, actividades, mantenimiento). Al no disponer de los documentos oficiales, no es posible especificar qué conceptos concretos podrán ser financiados con este importe. Se asume que los gastos estarán relacionados directamente con el funcionamiento y la actividad del Centro Asesor de la Mujer en el cumplimiento de su finalidad de Servicios Sociales y Promoción Social.

Cuantía y plazos

El importe total de esta subvención nominativa asciende a 82.618 EUR.

Los plazos establecidos para esta convocatoria son los siguientes:

Es importante destacar que, al tratarse de una subvención de concesión directa, estas fechas podrían referirse al periodo de ejecución o justificación de la subvención, o al periodo de vigencia de la misma, más que a un plazo de solicitud propiamente dicho, ya que el beneficiario está preestablecido. La información disponible no aclara la naturaleza exacta de estas fechas en el contexto de una subvención nominativa.

Cómo solicitarla

Dado que esta es una subvención de concesión directa y nominativa al Ayuntamiento de Teverga, la convocatoria no contempla un proceso de solicitud abierto al público o a otras entidades. El beneficiario ya está designado. Por lo tanto, no hay un procedimiento de "cómo solicitarla" en el sentido tradicional de concurrencia competitiva. El proceso se centrará, presumiblemente, en la aceptación de la subvención por parte del Ayuntamiento de Teverga y la posterior justificación de los fondos conforme a la normativa aplicable y lo que establezcan las bases reguladoras o el convenio asociado, si lo hubiera, los cuales no han sido proporcionados.

Errores frecuentes

Considerando la naturaleza de subvención nominativa y de concesión directa, los "errores frecuentes" no se refieren a fallos en el proceso de solicitud, ya que no existe un proceso de concurrencia. En este contexto, los posibles errores se relacionarían con la gestión y justificación de los fondos una vez concedidos. Algunos de estos podrían ser:

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 82.618 €.

Convocatoria oficial

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