Resolución de 18/05/2026, de la Dirección General de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2026 para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 21/2026, de 21 de abril.
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 906463
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a personas trabajadoras por cuenta ajena o por cuenta propia que realicen la contratación de una persona cuidadora.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la Línea 1: la contratación inicial de personas desempleadas para el cuidado a domicilio de:
Hijos e hijas menores de catorce años.
Familiar dependiente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de la persona beneficiaria.
El periodo subvencionable abarca las contrataciones formalizadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
Cuantía
El presupuesto total destinado a estas ayudas en el ejercicio 2026 es de 1.000.000,00 de euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes comienza el 23 de mayo de 2026 y finaliza el 30 de octubre de 2026.
Las solicitudes de la Línea 1 se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Empleo mediante el anexo I, acompañado de los anexos IV y V (y el Anexo VII, si procede). Se pueden presentar por dos vías:
De forma telemática (preferentemente): con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), adjuntando la documentación digitalizada.
De forma presencial / papel: en cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Preguntas frecuentes
¿A quién tengo que contratar para poder pedir la ayuda?
Debe contratarse a una **persona desempleada** para el cuidado a domicilio de tus hijos menores de 14 años o de un familiar dependiente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
¿En qué fechas debe haberse realizado el contrato?
El contrato debe haberse formalizado dentro del periodo comprendido entre el **1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026**, ambos días incluidos.
¿Puedo solicitar la ayuda si trabajo por cuenta propia?
Sí, la convocatoria indica que pueden ser beneficiarias tanto las personas trabajadoras por **cuenta ajena** como las trabajadoras por **cuenta propia** que realicen la contratación.