BASES DE CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ORGANIZACIÓN, REALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE EVENTOS EXTRAORDINARIOS POR ENTIDADES JUVENILES DE ALMUSSAFES, EJERCICIO 2026
AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES
Importe total: 5000 €
Apertura del plazo: 13 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 905457
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a las asociaciones juveniles que se encuentren en la situación que legitima la concesión de la ayuda.
Requisitos
Las entidades solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos de inscripción:
Estar inscritas en el Registro de asociaciones Juveniles de la Comunidad Valenciana y del Ayuntamiento de Almussafes, o bien,
Estar inscritas en el Registro de asociaciones Juveniles de la Comunidad Valenciana con sección o denominación análoga en pleno funcionamiento de forma anual en Almussafes.
Qué se subvenciona
Se financian las actividades de las asociaciones juveniles de Almussafes destinadas a la realización, organización y participación en actos o eventos de carácter extraordinario durante el año 2026. Específicamente, se aplica a:
Actividades a desarrollar dentro de la localidad para la realización de eventos extraordinarios.
Actividades a desarrollar fuera de la localidad para la realización de eventos extraordinarios.
Actos de celebración por cumplimiento de aniversario de la asociación.
Cuantía
El crédito presupuestario total para esta convocatoria es de 5.000 euros. El importe máximo a subvencionar por entidad se distribuye de la siguiente manera según el tipo de actividad:
Actividades dentro de la localidad para eventos extraordinarios:
Si la entidad es organizadora: máximo 1.000,00 euros.
Si la entidad participa y no es organizadora: máximo 200,00 euros.
Actividades fuera de la localidad para eventos extraordinarios:
Si la entidad es organizadora: máximo 4.000,00 euros.
Si la entidad participa y no es organizadora: máximo 1.000,00 euros.
Actos de celebración por cumplimiento de aniversario: máximo 1.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud se debe presentar siempre con 30 días de antelación a la fecha de inicio de la actividad subvencionable. En todo caso, el plazo límite de presentación finaliza el 31 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera un evento extraordinario subvencionable dentro de la localidad si mi asociación solo participa?
Si tu asociación participa en un evento extraordinario dentro de Almussafes pero no es la organizadora, puede optar a una ayuda máxima de **200,00 euros**.
¿Puedo solicitar la ayuda para celebrar el aniversario de nuestra asociación juvenil?
Sí, la convocatoria contempla específicamente la financiación de los actos de celebración por cumplimiento de aniversario de la asociación, con una cuantía máxima de **1.000,00 euros**.
¿Con cuánta antelación debo presentar la solicitud antes de realizar la actividad?
La solicitud de subvención debe presentarse obligatoriamente con un mínimo de **30 días de antelación** respecto a la fecha en la que se inicie la actividad programada.