Convocatoria y cuantías máximas para las Ayudas de Emergencia Social 2026
AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA
Importe total: 215.000 €
Apertura del plazo: 01 de enero de 2026
Cierre del plazo: 11 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 905058
A quién va dirigida
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica, que residan en el municipio de Ordizia y se encuentren en una situación de emergencia social.
Qué se subvenciona
Se subvencionan los gastos específicos destinados a paliar situaciones de emergencia social, clasificados en los siguientes conceptos:
Alquiler de vivienda, coarrendamiento, subarriendo, hotel, hostal o pupilaje.
Intereses y amortización de crédito de la vivienda.
Gastos de energía.
Uso y mantenimiento de la vivienda.
Gastos extraordinarios por instalación en una nueva vivienda.
Necesidades básicas (alimentación, gafas y dentista).
Adquisición de mobiliario y electrodomésticos.
Adaptación, reparación e instalaciones en la vivienda.
Endeudamiento previo.
Cuantía
El Ayuntamiento de Ordizia cuenta con un presupuesto total de 215.000 € (aportando 154.668 € el Gobierno Vasco y 60.332 € el Ayuntamiento). Las cuantías máximas por cada concepto son:
Alquiler de vivienda, coarrendamiento, subarriendo o hotel:300 €/mes para 1 solicitante y 150 €/mes para 2 solicitantes. En coarrendamiento solo habrá una ayuda.
Hostal o pupilaje:150 €/mes.
Intereses y amortización de crédito:300 €/mes.
Energía: Máximo de 1.500 €/año (1 unidad de convivencia) o 750 €/año (2 unidades de convivencia). Beneficiarios del Bono Social recibirán el 50 % de la ayuda.
Uso y mantenimiento de la vivienda:900 €/año (1 unidad de convivencia) o 450 €/año (2 unidades de convivencia).
Instalación en nueva vivienda:1.800 €/año (1 unidad de convivencia) o 900 €/año (2 unidades de convivencia).
*Gafas:* 250 € por persona (el solicitante asume mínimo el 25 % del gasto).
*Dentista:* 600 € por unidad de convivencia (el solicitante asume mínimo el 25 % del gasto).
Mobiliario y electrodomésticos: Máximo de 1.850 €/año (1 unidad de convivencia) o 925 €/año (2 unidades de convivencia). El solicitante asume mínimo el 25 % del gasto. El mobiliario tiene un límite de 1.000 €/año y los electrodomésticos de 850 €/año, con topes específicos por aparato (lavadora 300 €, frigorífico 400 €, extractor 100 €, horno 250 €, placa 150 €, microondas 50 €).
Adaptación, reparación e instalaciones:1.850 €/año (1 unidad de convivencia) o 925 €/año (2 unidades de convivencia). El solicitante asume mínimo el 25 % del gasto.
Endeudamiento previo:3.000 €/año (1 unidad de convivencia) o 1.500 €/año (2 unidades de convivencia).
*Nota: El Ayuntamiento podrá minorar estas cuantías según la disponibilidad presupuestaria para dar cobertura por igual a todas las solicitudes.*
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes de estas ayudas finaliza el 11 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué límite de ingresos se exige para recibir la ayuda de alimentación?
Para la ayuda de necesidades primarias de alimentación, los ingresos anuales no pueden superar los **6.842,8 €** (un miembro), **8.938,8 €** (dos miembros) o **9.524 €** (tres o más miembros).
¿Tengo que pagar alguna parte del gasto en el caso de las gafas o el dentista?
Sí, para las ayudas de gafas y dentista, la persona solicitante debe hacer frente, al menos, al **25 %** del gasto total de la factura.
¿Se pueden pedir ayudas para comprar una lavadora o un frigorífico?
Sí, dentro de la partida de electrodomésticos se subvenciona un máximo de **300 €** para lavadoras y **400 €** para frigoríficos, debiendo asumir el solicitante al menos el **25 %** del coste.