Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Cataluña · Barcelona
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 903542
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a las familias con niños y adolescentes matriculados en cualquiera de los cursos de:
Educación infantil de segundo ciclo (I3-I5).
Educación primaria.
Educación secundaria.
Educación especial.
El alumnado debe estar escolarizado en centros educativos del municipio de Santa Perpètua de Mogoda que obtengan fondos públicos de Cataluña.
Qué se subvenciona
Se financian las ayudas de comedor escolar para el curso 2026-2027. Estas subvenciones son compatibles y complementarias con las que otorga el Consejo Comarcal de El Vallès Occidental para el mismo fin.
El precio máximo que se subvencionará es de:
7,83 euros/día/alumno cuando el espacio de mediodía dure un máximo de dos horas y media.
7,41 euros/día/alumno cuando el espacio de mediodía dure un máximo de dos horas.
Cuantía
El presupuesto máximo destinado para esta convocatoria se distribuye de la siguiente manera:
Para los meses de septiembre a diciembre de 2026: un importe de 60.000,00 €.
Para los meses de enero a junio de 2027: un importe de 85.000,00 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo inicial para presentar las solicitudes es del 11 al 31 de mayo (ambos incluidos).
Fuera de este período de mayo, únicamente se atenderán solicitudes en los siguientes casos excepcionales:
Niños recién llegados al municipio a partir del día siguiente al cierre del plazo de solicitud, lo cual se debe acreditar con el volante de empadronamiento.
Situaciones de vulnerabilidad sobrevenida: casos en los que, habiendo presentado la solicitud en plazo y habiendo sido valorada, la situación sociofamiliar o económica de la familia ha cambiado considerablemente a posteriori, causando un impacto muy grave. El solicitante deberá aportar la documentación acreditativa de dicha circunstancia.
Preguntas frecuentes
¿Estas ayudas son compatibles con las del Consejo Comarcal?
Sí, estas subvenciones son totalmente compatibles y complementarias con las ayudas de comedor que otorga el Consejo Comarcal de El Vallès Occidental para la misma finalidad.
¿Se puede solicitar la ayuda fuera del plazo de mayo?
Por norma general no, salvo en dos excepciones justificadas: que se trate de niños recién llegados al municipio tras el cierre del plazo (acreditado con volante de empadronamiento) o que ocurra una situación de vulnerabilidad económica o sociofamiliar sobrevenida que se pueda documentar.
¿Qué requisitos de la Ley General de Subvenciones no es necesario acreditar?
Por la propia naturaleza de esta ayuda, para ser beneficiario no será necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el **artículo 13.2.e)** de la Ley General de Subvenciones.