Decreto de Presidencia 1686/2026 de 31 de marzo relativo a subvención nominativa a COSITAL para colaborar en el mantenimiento de los gastos generales.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Divulgativa: Subvención Nominativa a COSITAL (2026)

La Diputación Provincial de Valladolid, en su compromiso con el mantenimiento de las estructuras profesionales en su ámbito territorial, ha aprobado una subvención nominativa destinada a colaborar con los gastos generales de COSITAL. Esta iniciativa se enmarca dentro de las acciones de apoyo a entidades jurídicas que no desarrollan actividad económica, con el fin de facilitar la continuidad de sus funciones.

Esta ficha tiene como objetivo principal divulgar de forma clara y concisa los aspectos más relevantes de esta convocatoria, proporcionando la información oficial disponible para facilitar su comprensión por parte de los interesados. Es fundamental recalcar que toda la información aquí presentada se basa estrictamente en los datos oficiales proporcionados por la Diputación Provincial de Valladolid.

A quién va dirigida

Esta subvención está dirigida específicamente a COSITAL. La convocatoria establece como beneficiarios a "PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA", y el título del decreto menciona explícitamente a COSITAL como la entidad beneficiaria de esta subvención nominativa. Por tanto, no se trata de una convocatoria de concurrencia pública abierta a múltiples entidades, sino de una ayuda directa a una entidad concreta.

Requisitos principales

El único requisito principal que se desprende de la información oficial es que el beneficiario debe ser COSITAL, una persona jurídica que no desarrolla actividad económica. La naturaleza de "subvención nominativa" implica que la entidad beneficiaria ya está predeterminada en el propio decreto de concesión. La convocatoria no detalla otros requisitos adicionales para la entidad beneficiaria, más allá de su identificación explícita.

Qué gastos cubre

La finalidad de esta subvención es "colaborar en el mantenimiento de los gastos generales" de COSITAL. Esto indica que los fondos están destinados a apoyar los costes operativos y de funcionamiento habituales de la entidad. Sin embargo, la convocatoria no especifica qué tipos de "gastos generales" son elegibles o excluidos, ni establece partidas concretas de gasto. Al tratarse de una "entrega dineraria sin contraprestación", se entiende como un apoyo financiero para la sostenibilidad de la entidad en su conjunto.

Cuantía y plazos

El importe total de esta subvención asciende a 10.000 EUR. Esta es la cuantía global asignada a COSITAL para el fin descrito.

En cuanto a los plazos, la convocatoria tiene un período de apertura el 1 de enero de 2026 y de cierre el 31 de diciembre de 2026. Estos plazos se refieren al periodo de vigencia o ejecución de la subvención, y no a un plazo de presentación de solicitudes, dado su carácter nominativo.

Cómo solicitarla

Dado que se trata de una subvención nominativa concedida por el Decreto de Presidencia 1686/2026 de 31 de marzo, no existe un proceso de solicitud abierto para otras entidades. La subvención se concede directamente a COSITAL, la entidad expresamente designada en el decreto. Por tanto, no hay un procedimiento de concurrencia competitiva ni un formulario de solicitud general que deba cumplimentarse por parte de COSITAL para acceder a estos fondos. Los detalles de la tramitación posterior a la aprobación del decreto, como la justificación o el libramiento de fondos, no están especificados en la información proporcionada.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de convocatorias es confundir una subvención nominativa con una convocatoria de concurrencia pública. Es crucial entender que:

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 10.000 €.

Convocatoria oficial

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