Expediente 2766979C: SUBVENCIÓ PER AL FOMENT I ÚS DEL VALENCIÀ EN LES ACTIVITATS DE LES ASSOCIACIONS CULTURALS I FESTIVES DE PICASSENT 2026
AYUNTAMIENTO DE PICASSENT
Importe total: 5000 €
Apertura del plazo: 30 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades asociativas
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 903193
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a las asociaciones cívicas, entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, asociaciones empresariales, asociaciones profesionales y fundaciones legalmente constituidas que estén inscritas en el registro de asociaciones municipales vecinales del Ayuntamiento de Picassent.
Requisitos
Para poder ser beneficiarias, las entidades deben cumplir los siguientes requisitos:
Estar inscritas en el registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana y, obligatoriamente, en el del Ayuntamiento de Picassent.
Tener la Junta Directiva actualizada en 2026, así como haber aportado el reglamento interno de funcionamiento y/o estatutos.
No estar incursas en las prohibiciones del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 ni en las de los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y fiscales con el Ayuntamiento de Picassent.
No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Picassent.
Estar al corriente de pago por reintegro de subvenciones.
No haber sido sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
No haber sido suspendidas en su procedimiento de inscripción por indicios racionales de ilícito penal.
Qué se subvenciona
Se subvenciona el fomento del uso del valenciano en el desarrollo de las actividades de las asociaciones. Es imprescindible presentar al menos una actividad de las siguientes:
Actividades prácticas de fomento del valenciano o fomento lector.
Audios, vídeos, producciones visuales, aplicaciones móviles o sitios web ejecutados íntegramente en valenciano.
Libros o revistas editados íntegramente en valenciano.
Proyectos a desarrollar ejecutados íntegramente en valenciano.
Actividades culturales o musicales en valenciano.
Rotulación de las dependencias de la entidad exclusivamente en valenciano.
Material promocional (banderolas, plaquetas, rollex) en valenciano.
Folletos, carteles, programas, catálogos, documentación administrativa, pancartas o redes sociales en valenciano.
Proyectos que fomenten el valenciano y el multilingüismo, la diversidad lingüística, la interacción de colectivos en riesgo de exclusión social o mediante medios telemáticos. En todo caso, estos últimos deben contener frases o letras en valenciano.
Se subvencionará hasta un máximo del 100 % del presupuesto de la actividad solicitada.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 5.000 €.
La cuantía individualizada se calcula mediante un sistema de puntos. Se dividirá el presupuesto total entre el total de puntos obtenidos por todas las entidades para determinar el valor económico de cada punto. Si tras este reparto sobra crédito, se redistribuirá con el mismo método hasta agotar los 5.000 €. En ningún caso la ayuda superará el coste de la actividad subvencionada.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 2026-04-30 y finaliza el 2026-12-31.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valorarán en régimen de concurrencia competitiva hasta un máximo de 130 puntos según los siguientes criterios:
1. Importe presupuestado de las actividades (máximo 20 puntos):
Más de 3.000 €: 20 puntos.
Entre 1.501 € y 3.000 €: 15 puntos.
Entre 751 € y 1.500 €: 12 puntos.
Entre 200 € y 750 €: 10 puntos.
Inferiores a 200 €: 5 puntos.
2. Acciones, campañas o actividades realizadas (máximo 90 puntos):
Actividades prácticas de fomento o fomento lector: 20 puntos.
Audios, vídeos, producciones visuales, apps o web íntegramente en valenciano: 10 puntos.
Libro o revista íntegramente en valenciano: 10 puntos.
Proyectos íntegramente en valenciano: 10 puntos.
Actividades culturales o musicales íntegramente en valenciano: 10 puntos.
Rotulación de dependencias exclusivamente en valenciano: 10 puntos.
Material promocional (banderolas, plaquetas, rollex) en valenciano: 5 puntos.
Folletos, carteles, programas, catálogos, redes sociales o administración en valenciano: 5 puntos.
Mantenimiento de redes sociales íntegramente en valenciano: 5 puntos.
Otros materiales o actividades distintas en valenciano: 2,5 puntos por cada uno (máximo 10 puntos).
3. Cláusulas sociales (20 puntos): Acreditación de su existencia en los estatutos o reglamento interno.
*En caso de empate, este se resolverá atendiendo a la corrección lingüística, aplicando los criterios de la Academia Valenciana de la Lengua (AVL) y de la Oficina de promoción del valenciano.*
Obligaciones
Las entidades beneficiarias deben cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones:
Realizar y justificar adecuadamente la actividad.
Comunicar la solicitud o concesión de otras ayudas para la misma finalidad.
Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero, disponiendo de los libros contables y registros correspondientes.
Conservar los documentos justificativos de los fondos recibidos.
Introducir el logotipo del Ayuntamiento de Picassent en todas las acciones de difusión para dar publicidad al carácter público de la ayuda.
Adecuar todas las actuaciones a la normativa lingüística oficial de la Academia Valenciana de la Lengua y al Reglamento de Normalización Lingüística del Ayuntamiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si dos entidades empatan en puntuación?
El empate se resolverá evaluando la corrección lingüística de los proyectos presentados. Para ello se seguirán los criterios lingüísticos de la Academia Valenciana de la Lengua (AVL) y de la Oficina de promoción del valenciano del Ayuntamiento de Picassent.
¿Se puede presentar una solicitud si la asociación no tiene ninguna actividad íntegramente en valenciano?
No, es un requisito imprescindible presentar al menos una actividad recogida en el apartado de acciones y campañas (Base Octava, apartado 1.b) para poder optar a la condición de entidad beneficiaria.
¿Qué normativa lingüística deben seguir las publicaciones o materiales subvencionados?
Todos los materiales y actuaciones deben adecuarse obligatoriamente a la normativa lingüística oficial de la Academia Valenciana de la Lengua y al Reglamento de Normalización Lingüística del Ayuntamiento de Picassent.