AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, en su compromiso con el desarrollo social y el bienestar de sus ciudadanos, ha destinado una subvención nominativa a la Fundación Madre Dolores Márquez. Esta ayuda económica, enmarcada dentro del sector de actividades sanitarias y de servicios sociales, tiene como fin exclusivo la financiación del proyecto denominado "Primera Necesidad", reforzando así la labor de promoción social en el ámbito de Tenerife.
Este tipo de subvenciones, denominadas nominativas, se caracterizan por ser concedidas de forma directa a un beneficiario concreto, en este caso, la Fundación Madre Dolores Márquez, para un fin determinado y de interés público. Esto facilita la agilidad en la gestión y el impacto directo de los fondos en iniciativas sociales previamente identificadas como prioritarias por la administración local.
La financiación de 6.000 euros busca apoyar las actividades que la Fundación Madre Dolores Márquez lleva a cabo, especialmente a través de su proyecto "Primera Necesidad", que se alinea con los objetivos generales de servicios sociales y promoción social. La transparencia y el acceso a la información pública son pilares fundamentales, por lo que esta ficha divulgativa pretende aclarar los aspectos clave de esta concesión para el conocimiento general.
Esta subvención está dirigida de forma exclusiva y nominativa a la Fundación Madre Dolores Márquez. Es importante destacar que no se trata de una convocatoria abierta a cualquier entidad, sino de una ayuda específica concedida directamente a esta persona jurídica. La convocatoria especifica que los beneficiarios son "PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA", condición que cumple la fundación designada.
Dado que se trata de una subvención nominativa, los requisitos generales de concurrencia competitiva no son aplicables. El único "requisito" implícito es ser la Fundación Madre Dolores Márquez, ya que ha sido la entidad designada por el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna para recibir esta financiación directa. La convocatoria no detalla otros requisitos específicos que la Fundación deba cumplir para la recepción de los fondos, más allá de la finalidad y objetivos generales establecidos.
La subvención está destinada específicamente a la financiación del proyecto "Primera Necesidad". La convocatoria no proporciona un desglose detallado de los tipos de gastos concretos que pueden ser cubiertos dentro de este proyecto. Se entiende que los fondos deben emplearse en actividades directamente relacionadas con la ejecución y desarrollo de dicho proyecto, en el marco de "Servicios Sociales y Promoción Social".
La cuantía total de esta subvención asciende a 6.000 euros.
En cuanto a los plazos, el periodo de apertura de esta subvención se estableció el 1 de enero de 2026, y el cierre está fijado para el 31 de diciembre de 2026. Es importante señalar que, al ser una subvención nominativa, estas fechas se refieren al período de ejecución o de justificación, y no a un plazo de solicitud para otros posibles beneficiarios.
Dado que se trata de una subvención nominativa a favor de la Fundación Madre Dolores Márquez, no existe un proceso de solicitud abierto para otras entidades o particulares. La designación y concesión de la subvención se realiza directamente por el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna a la fundación beneficiaria. Por tanto, no se requiere la presentación de ninguna solicitud por parte de terceros.
El error más frecuente en el caso de las subvenciones nominativas es la confusión con las convocatorias de concurrencia pública. Es crucial entender que esta ayuda está destinada exclusivamente a la Fundación Madre Dolores Márquez y no es una oportunidad para que otras entidades presenten proyectos similares. Otro error sería intentar contactar con el Ayuntamiento para solicitarla o preguntar por los requisitos de solicitud, ya que, reiteramos, no hay proceso de solicitud abierto.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 6000 €.
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