Convocatoria para la concesión de subvenciones a grupos, asociaciones y agentes culturales de Azkoitia sin ánimo de lucro o a actividades culturales y/o de ocio puntuales que se desarrollen en Azkoitia o que estén dirigidas a la población azkoitiarra.
AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA
Importe total: 23.000 €
Apertura del plazo: 29 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 902460
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a:
Organizaciones, asociaciones y agrupaciones legalmente constituidas sin ánimo de lucro de Azkoitia.
Personas o grupos de personas asociadas para el mismo fin que lleven a cabo actividades culturales o de ocio.
Quedan excluidas las actividades que ya reciban aportaciones económicas por contrato o convenio con el Ayuntamiento de Azkoitia.
Requisitos
Para poder optar a la subvención se deben cumplir los siguientes requisitos:
El programa y las actividades deben coincidir con los objetivos generales del Ayuntamiento de Azkoitia y con sus programas culturales.
No tener deudas con el Ayuntamiento de Azkoitia, la Diputación Foral de Gipuzkoa ni con la Seguridad Social.
Presentar la solicitud antes de la fecha de la actividad o evento (salvo si el evento ocurre antes de la convocatoria, en cuyo caso se aceptará con posterioridad previa comunicación a los responsables municipales de cultura).
Presentar toda la documentación requerida en el plazo establecido.
Qué se subvenciona
Se subvencionan actividades culturales y/o de ocio puntuales que se desarrollen en Azkoitia o que estén dirigidas a la población azkoitiarra. Las actividades puntuales son aquellas que no han podido ser previstas o que, por su carácter periódico, se llevan a cabo en el plazo establecido.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza del proyecto y se realicen en el plazo fijado, cumpliendo con la Ley General de Subvenciones y las Bases Generales del Ayuntamiento.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 23.000 euros (con cargo a la partida presupuestaria de subvenciones a asociaciones culturales 2026). No obstante, el importe total de la partida presupuestaria global que financia las distintas líneas de actividad cultural no podrá superar los 50.000 euros.
El abono de la subvención se realizará, en la medida de lo posible y si se ha solicitado puntualmente, antes de la fecha de la actividad, aunque el solicitante debe estar preparado para asumir los gastos previos.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para la presentación de solicitudes está abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2026.
Las solicitudes deben incluir la siguiente documentación:
Si es la primera vez que se solicita: Certificado de inscripción en el registro de asociaciones, justificante bancario de apertura de cuenta corriente y currículum de la asociación.
Para todos los solicitantes: Impreso de solicitud firmado, memoria detallada del proyecto (con plazos, destinatarios, materiales y recursos), presupuesto desglosado de gastos e ingresos, y declaración jurada de otras ayudas solicitadas o concedidas.
Si falta documentación, se otorgará un plazo de 10 días para su subsanación.
Criterios de valoración
Para calcular la cuantía de la ayuda se evaluarán los siguientes criterios:
Calidad, impacto y aportación del proyecto al pueblo.
Trayectoria, continuidad y estabilidad de la asociación o agente cultural.
Difusión del proyecto a la ciudadanía, número de participantes, duración y ámbito.
Financiación de la actividad y esfuerzo económico de la persona solicitante.
Infraestructura y recursos humanos disponibles.
Garantía y fomento del uso del euskera en notas de prensa, eventos, etc.
Participación igualitaria de mujeres y hombres en la organización y actividades.
Obligaciones
Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
Realizar la actividad que fundamenta la subvención.
Justificar la ayuda en el plazo de 60 días desde la finalización de la actividad o del ejercicio (o desde la concesión, si esta es posterior al ejercicio).
Obtener y cumplir con los seguros y autorizaciones necesarios para el evento.
Colaborar con las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento.
Comunicar la obtención de otras subvenciones o ingresos para el mismo proyecto.
Incorporar el logotipo del Ayuntamiento de Azkoitia en toda la publicidad del proyecto (escrita, oral, visual e imaginaria).
Preguntas frecuentes
¿Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones?
Sí, estas subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas. No obstante, el solicitante tiene la obligación de declarar por escrito si ha solicitado o recibido otras subvenciones para la misma actividad.
¿Qué ocurre si mi asociación no presenta toda la documentación a tiempo?
Si falta algún documento, dispondrá de un plazo de **10 días** para subsanar el error. Si no se completa en este plazo, la solicitud se archivará automáticamente, lo que supondrá la renuncia a percibir la ayuda.
¿Se garantiza el cobro de la ayuda antes de realizar la actividad?
El pago se realizará antes de la fecha del evento siempre que se haya solicitado puntualmente y en la medida de lo posible. Sin embargo, el Ayuntamiento no lo asegura al cien por cien, por lo que el solicitante debe estar preparado para financiar los gastos iniciales.