SUBVENCION NOMINATIVA HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Divulgativa: Subvención Nominativa al Hospital San Francisco de Asís (Ceuta)

Nos complace presentar la ficha divulgativa de la "Subvención Nominativa Hospital San Francisco de Asís", una iniciativa promovida por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del ámbito de Ceuta. Esta subvención, de carácter nominativo y directo, busca apoyar las actividades relacionadas con la sanidad en la ciudad autónoma. Dada su naturaleza específica, es fundamental conocer sus detalles para comprender su alcance y propósito.

A quién va dirigida

Esta convocatoria está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. En este caso concreto, y dado el título de la subvención, el beneficiario designado es el Hospital San Francisco de Asís.

Requisitos principales

Los requisitos específicos para el beneficiario no están detallados en la información proporcionada. Sin embargo, al tratarse de una subvención nominativa, se entiende que el Hospital San Francisco de Asís ya ha sido identificado y designado por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de Ceuta como el receptor de esta ayuda directa. La convocatoria no especifica otros requisitos de elegibilidad más allá de la condición de persona jurídica que no desarrolla actividad económica, que en este contexto se aplica al Hospital beneficiario.

Qué gastos cubre

La finalidad de esta subvención es apoyar actividades relacionadas con la Sanidad. No obstante, la información disponible no detalla los gastos específicos o tipos de actividades concretas que esta ayuda económica está destinada a cubrir dentro del ámbito sanitario. Se entiende que el importe total se destinará a las necesidades operativas o de mejora del Hospital San Francisco de Asís en el marco de sus funciones sanitarias, aunque los documentos oficiales no ofrecen un desglose pormenorizado de los conceptos subvencionables.

Cuantía y plazos

La cuantía total asignada a esta subvención asciende a 680.000 EUR.

En cuanto a los plazos, la convocatoria tiene las siguientes fechas:

Es importante destacar que, al tratarse de una subvención nominativa, estos plazos se refieren al periodo de vigencia o ejecución previsto para la entrega dineraria, y no a un periodo de presentación de solicitudes competitivo.

Cómo solicitarla

Dada su naturaleza como "Subvención Nominativa" y "Entrega dineraria sin contraprestación", esta ayuda no requiere un proceso de solicitud abierto o competitivo por parte de terceros. La información proporcionada indica que se trata de una asignación directa al Hospital San Francisco de Asís. Por lo tanto, no existe un procedimiento de concurrencia pública ni un formulario de solicitud al que otras entidades deban o puedan presentarse. La gestión de esta subvención se realizará directamente entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la entidad beneficiaria.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de convocatorias sería considerarla una ayuda a la que cualquier entidad del sector sanitario de Ceuta puede presentarse. Es crucial entender que, al ser una subvención nominativa, está dirigida a un beneficiario específico y predeterminado –en este caso, el Hospital San Francisco de Asís– y no implica un proceso de concurrencia pública. Otro error podría ser buscar requisitos de elegibilidad extensos o un listado detallado de gastos subvencionables, cuando la información oficial no los proporciona, asumiendo que la gestión interna de estos detalles recae en la Consejería y el Hospital. Asimismo, intentar localizar una plataforma de solicitud para esta ayuda sería infructuoso, ya que su mecanismo es de asignación directa y no competitivo.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 680.000 €.

Convocatoria oficial

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