Resolución de 13 de abril de 2026 de la DGIICA, Ayudas para solicitantes que no son Grupos de Desarrollo Rural, previstas en la Orden de 3 de febrero de 2026, ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER Intervención 7119.2_MINIMIS GRAL
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Importe total: 27.656.376 €
Apertura del plazo: 23 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2028
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 898839
A quién va dirigida
Pueden optar a estas ayudas:
Personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas.
Organismos de derecho público.
Comunidades de bienes y sociedades civiles.
Todas ellas deben desarrollar una operación seleccionada por un Grupo de Desarrollo Rural en el marco de su Estrategia de Desarrollo Local en Andalucía.
Requisitos
Estar incluido entre los perfiles beneficiarios fijados para la tipología de operación correspondiente.
Las personas físicas únicamente pueden optar a la ayuda en calidad de empresarios individuales (autónomos). Si no lo son al momento de solicitarla, deben comprometerse a darse de alta en un plazo máximo de tres meses a contar desde la notificación de la resolución favorable de concesión.
Qué se subvenciona
La ejecución de operaciones seleccionadas dentro de las Estrategias de Desarrollo Local de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027 (Intervención 7119.2). Su objetivo es impulsar el desarrollo socioeconómico de las Zonas Rurales Leader, atraer empresas innovadoras, crear empleo de calidad y fomentar la igualdad de género.
Cuantía
Las ayudas disponen de una dotación presupuestaria total de 97.589.590,75 €, distribuida en:
Anualidad 2026: 70.589.590,75 €
Anualidad 2027: 27.000.000,00 €
La financiación está cofinanciada en un 85% por la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en un 15% por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes permanece abierto hasta el 31 de diciembre de 2028.
El procedimiento se resuelve en régimen de concurrencia no competitiva. La tramitación se realiza por medios telemáticos mediante el código de procedimiento 25647 en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, donde se encuentran los formularios oficiales de solicitud (Anexo II), plan empresarial (Anexo III) y demás documentos de gestión.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la subvención si aún no estoy dado de alta como autónomo?
Sí. Si eres persona física y no estás de alta al presentar la solicitud, puedes optar a la ayuda siempre que asumas el compromiso de adquirir la condición de autónomo en el plazo máximo de **tres meses** desde la notificación de la concesión.
¿Cómo se resuelven las solicitudes presentadas?
El procedimiento se tramita en régimen de **concurrencia no competitiva**, verificando que las operaciones encajen en las Estrategias de Desarrollo Local de los Grupos de Desarrollo Rural.
¿Cuál es la fecha límite para tramitar la ayuda?
Las solicitudes pueden presentarse hasta el **31 de diciembre de 2028**.