CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO GALLEGO DE SALUD Y LA ASOCIACIÓN VIGUESA DE ALCOHOLOGÍA “ASVIDAL”, PARA EL DESARROLLO DE LA ASISTENCIA A PACIENTES CON TRASTORNOS RELACIONADOS CON SUSTANCIAS Y TRASTORNOS ADICTIVOS

SERVICIO GALLEGO DE SALUD (SERGAS)

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Divulgativa de Convocatoria: Apoyo a la Asistencia en Trastornos por Sustancias y Adicciones en Galicia

El Servicio Gallego de Salud (SERGAS) ha lanzado una importante iniciativa para fortalecer la atención a personas con trastornos relacionados con sustancias y adicciones en la comunidad autónoma de Galicia. Esta convocatoria se materializa a través de un convenio de colaboración con la Asociación Viguesa de Alcoholoxía "ASVIDAL", consolidando el compromiso con la salud pública y el bienestar social en este ámbito.

Esta ficha tiene como objetivo desglosar los aspectos clave de esta convocatoria, proporcionando una visión clara y concisa para los posibles interesados y para el público en general.

A quién va dirigida

Esta convocatoria está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según la información proporcionada, el convenio se establece directamente con la Asociación Viguesa de Alcoholoxía "ASVIDAL" para el desarrollo de la asistencia a pacientes con trastornos relacionados con sustancias y trastornos adictivos. Esto implica que la beneficiaria directa de esta subvención y entrega dineraria sin contraprestación es la mencionada asociación.

Requisitos principales

Dado que el instrumento es un convenio de colaboración entre el SERGAS y una entidad específica (ASVIDAL), y no una convocatoria abierta a un amplio espectro de solicitantes, los requisitos principales estarían intrínsecamente ligados a las condiciones y objetivos acordados en dicho convenio. La información oficial no detalla requisitos generales para otras entidades, ya que el acuerdo se ha formalizado con una asociación predeterminada.

Qué gastos cubre

El objetivo principal de esta colaboración es el "Desarrollo de la asistencia a pacientes con trastornos relacionados con sustancias y trastornos adictivos". Por lo tanto, se entiende que la subvención y entrega dineraria sin contraprestación cubrirá los gastos asociados directamente con la prestación de servicios, programas o actividades destinadas a la atención y apoyo de estos pacientes en el marco de la finalidad de sanidad. La convocatoria no detalla un desglose específico de los gastos subvencionables, pero deben estar alineados con el propósito asistencial del convenio.

Cuantía y plazos

El importe total asignado a esta colaboración asciende a 260.010 EUR.

En cuanto a los plazos, la convocatoria especifica un periodo de apertura el 1 de abril de 2026 y una fecha de cierre el 31 de diciembre de 2026. Es importante destacar que estas fechas se refieren al periodo de vigencia o desarrollo de las actividades cubiertas por el convenio, más que a un plazo de presentación de solicitudes, dado el carácter de convenio de colaboración ya establecido con una entidad específica.

Cómo solicitarla

La información proporcionada indica que se trata de un "Convenio de Colaboración" entre el Servicio Gallego de Salud y la Asociación Viguesa de Alcoholoxía "ASVIDAL", que se materializa como una "SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN". Esto sugiere que no existe un proceso de solicitud abierto en el sentido tradicional para nuevas entidades. La tramitación y asignación de fondos se derivan directamente del acuerdo entre las dos partes mencionadas.

Errores frecuentes

Considerando la naturaleza de esta convocatoria como un convenio de colaboración directo con una entidad específica, los errores frecuentes para el público en general podrían incluir:

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede SERVICIO GALLEGO DE SALUD (SERGAS); el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 260.010 €.

Convocatoria oficial

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