Convocatoria específica de subvenciones destinadas a ayudas individuales de comedor escolar para necesidades socioeconómicas y geográficas para el curso 2026/2027
CONSELL COMARCAL DE SELVA
Importe total: 6.600.000 €
Apertura del plazo: 18 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 31 de mayo de 2027
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Cataluña · Girona
Instrumento: OTROS INSTRUMENTOS DE AYUDA
Código BDNS: 895329
A quién va dirigida
A familias con alumnos escolarizados en la comarca de la Selva durante el curso 2026/2027, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos en:
Segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria (ESO).
Segundo y tercer curso de primer ciclo de educación infantil, en las escuelas de titularidad de la Generalidad donde esté implantado.
Requisitos
El alumnado debe cumplir las siguientes condiciones:
Tener residencia en Cataluña.
Estar matriculado en un centro escolar de la comarca sostenido con fondos públicos de Cataluña en los cursos indicados para la convocatoria.
Hacer uso del servicio de comedor escolar.
Carecer del servicio de comedor con carácter gratuito.
No estar en acogimiento residencial.
En casos de escolarización compartida, se podrán obtener excepcionalmente dos ayudas, sin superar entre ambas el total de días lectivos del curso.
Qué se subvenciona
Ayudas individuales de comedor escolar para atender necesidades socioeconómicas y geográficas durante el curso escolar 2026/2027.
Cuantía
La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 6.600.000 euros. La cuantía global destinada por el Consejo Comarcal no superará el importe transferido para este fin por el Departament d'Ensenyament.
Plazo y cómo solicitarla
El período de presentación abarca desde el 18 de mayo de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027, con los siguientes efectos según la fecha de entrega:
Para disponer de la ayuda desde el primer día de curso: presentar la solicitud a más tardar el 1 de junio (el alumnado de I3 dispone de plazo hasta el 17 de julio).
Solicitudes presentadas entre el 2 de junio y el 10 de septiembre: si se resuelven favorablemente, se aplican a partir del 1 de octubre.
Solicitudes presentadas entre el día 11 de cada mes y el día 10 del mes siguiente: se aplican a partir del día 1 del mes posterior a este último.
La información sobre documentación y tramitación se encuentra disponible en la web www.educacio.selva.cat.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede pedir la ayuda para tenerla activa el primer día de clase?
Debe solicitarse como máximo el **1 de junio**, excepto para los alumnos que se matriculen en **I3**, que tienen de plazo hasta el **17 de julio**.
¿Qué sucede con los alumnos en régimen de escolarización compartida?
De forma excepcional pueden recibir **dos ayudas**, siempre que la suma de ambas no supere el número total de días lectivos del curso escolar.
¿A partir de qué fecha se aplica la ayuda si se pide en verano?
Las solicitudes registradas entre el **2 de junio y el 10 de septiembre** que resulten concedidas se aplicarán a partir del **1 de octubre**.