Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 894224
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a las asociaciones vecinales y entidades ciudadanas legalmente constituidas del municipio de Torrent (personas físicas o jurídicas que no desarrollan actividad económica).
Requisitos
Para poder optar a estas subvenciones, las entidades deben cumplir los siguientes requisitos:
Figurar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Torrent antes de la publicación de esta convocatoria, manteniendo sus datos actualizados.
Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Torrent.
Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores por el Ayuntamiento de Torrent.
No estar incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Qué se subvenciona
Se financian proyectos y actividades de participación ciudadana que cumplan con los siguientes objetivos:
Impulsar nuevas iniciativas y actividades del movimiento asociativo en Torrent.
Recuperar el tejido social asociativo mediante proyectos sociales, benéficos, formativos o de reactivación de la economía local a través del comercio de la ciudad.
Dinamizar socialmente el municipio con actividades cívicas o sociales que mejoren la calidad de vida.
Promover la participación institucional, el fomento de la conciencia cívica y la igualdad entre hombres y mujeres.
Fomentar actividades conjuntas con colectivos de personas con discapacidad, la cooperación entre asociaciones y el trabajo en red.
Quedan excluidas las actividades que ya obtengan subvención de otra concejalía (salvo las directamente relacionadas con Participación Ciudadana), las que puedan acogerse a otras convocatorias del Ayuntamiento de Torrent, y las que el órgano de valoración considere de escasa relevancia o sin interés general.
Cuantía
El presupuesto total máximo destinado a esta convocatoria es de 30.000,00 €, financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 9242.48017 del presupuesto municipal.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de solicitud: El plazo de admisión es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
Cómo solicitarlo: La tramitación debe realizarse obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent, utilizando el modelo de solicitud de subvención PARC-004 SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES VECINALES Y ENTIDADES CIUDADANAS.
Justificación: La fecha límite para presentar la justificación es el 31 de enero de 2027, a través del trámite PARC-005. Se admiten facturas con fechas comprendidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Obligaciones
Las entidades beneficiarias deberán cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones:
Realizar la actividad y cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la ayuda.
Justificar la realización del proyecto y el cumplimiento de las condiciones exigidas.
Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ingresos que financien la actividad antes de su justificación.
Disponer de los libros contables y registros exigidos por la legislación.
Conservar los documentos justificativos de los fondos recibidos.
Dar publicidad al carácter público de la financiación por parte del Ayuntamiento de Torrent.
Reintegrar los fondos en los casos previstos por la ley.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo hay para realizar los gastos que se quieren subvencionar?
Los documentos acreditativos del gasto (facturas) deben tener fechas comprendidas entre el **1 de enero y el 31 de diciembre de 2026**.
¿Se pueden solicitar estas ayudas si la asociación ya recibe otra subvención municipal?
Quedan excluidas las actividades que ya obtengan subvención por parte de otra concejalía del Ayuntamiento de Torrent, a excepción de aquellos proyectos que estén directamente relacionados o se encuadren dentro del ámbito de la Participación Ciudadana.
¿Cómo y cuándo se debe presentar la justificación de la ayuda?
La justificación debe presentarse de forma electrónica como máximo hasta el **31 de enero de 2027**, utilizando la solicitud **PARC-005** acompañada del Anexo y la Cuenta Justificativa Simplificada.