SUBVENCIONES PARA LAS COOPERATIVAS AGRARIAS Y OTRAS ENTIDADES AGRARIAS SIN FINALIDAD DE LUCRO QUE ACTÚEN TOTAL O MAYORITARIAMENTE DENTRO DEL ÁMBITO DEL PARQUE AGRARIO DEL BAIX LLOBREGAT 2026
CONSORCI DEL PARC AGRARI DEL BAIX LLOBREGAT
Importe total: 40.000 €
Apertura del plazo: 18 de marzo de 2026
Cierre del plazo: 30 de abril de 2027
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Ámbito territorial: Cataluña · Barcelona
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 893780
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a las cooperativas agrarias (según la Ley de cooperativas) y otras entidades agrarias sin ánimo de lucro cuyos asociados sean mayoritariamente agricultores profesionales, que tengan entre sus objetivos el desarrollo del sector agrario y que actúen total o mayoritariamente dentro del ámbito del Parque Agrario del Baix Llobregat (según la revisión del Plan especial aprobado el 5 de marzo de 2015).
Requisitos
Para poder optar a la subvención, las entidades deben cumplir las siguientes condiciones:
Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Cataluña, la Administración General del Estado y la Seguridad Social.
En el caso de subvenciones para la comercialización de producciones agrícolas, deben tener concedida o en trámite la autorización de uso de la identificación “Producte FRESC del Parc Agrari del Baix Llobregat” para los productos comercializados por los canales o medios promovidos por el Consorcio. Si comercializan con marcas de los socios, estos deben disponer de dicha autorización.
Qué se subvenciona
Se financian actuaciones relacionadas con los objetivos del Parque Agrario del Baix Llobregat divididas en cuatro bloques:
Mejora de infraestructuras: Instalaciones y mejoras para almacenamiento, tipificación, conservación, transformación y comercialización; adquisición de maquinaria o equipos agrícolas/ganaderos (incluyendo trazabilidad) para uso común o propio; construcción o rehabilitación de puntos de carga de agua para tratamientos fitosanitarios.
Mejora de la comercialización: Acondicionamiento de paradas o puntos de venta (excluyendo mejoras generales del mercado); gastos de transformación agroalimentaria para dar valor añadido; campañas de promoción y difusión; creación de nuevas IGP, DOP o marcas de calidad colectivas; compra de vehículos para cumplir con las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).
Gestión de residuos agrarios: Gastos de transporte, logística y gestión de residuos (plásticos, restos vegetales, envases de fitosanitarios, etc.), siempre que el servicio se ofrezca a asociados y no asociados del ámbito del Parque Agrario.
Mejora de la gestión: Equipos y programas informáticos para la comercialización; trabajos de asistencia técnica (planes de viabilidad, estudios de mercado, trazabilidad, asesoramiento en producción integrada/ecológica, entre otros).
No se subvencionan: Adquisición/alquiler de terrenos, gastos de funcionamiento de la sede, personal de actividad ordinaria, matriculación, seguros o mantenimiento de vehículos, mantenimiento informático ordinario, reparaciones sin mejora de eficiencia y material fungible de envasado (salvo excepciones ligadas a IGP, DOP o la marca Producte FRESC).
Cuantía
El presupuesto total disponible es de 40.000 €.
Se otorgará un máximo de una subvención por entidad.
El importe máximo que puede recibir cada beneficiario es de 6.000 €.
Con carácter general, la ayuda cubre el 85% del presupuesto presentado.
Se subvencionará el 100% del presupuesto en las siguientes actuaciones de sostenibilidad y valor añadido:
Adquisición de maquinaria o equipos con sistemas de ahorro y eficiencia energética.
Construcción o habilitación de puntos de carga de agua para tratamientos fitosanitarios.
Creación y puesta en funcionamiento de nuevas IGP, DOP o marcas de calidad colectivas.
Compra de vehículos para cumplir con las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).
Gastos de transporte, logística y gestión de residuos agrarios.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 18 de marzo de 2026 y finaliza el 30 de abril de 2027. El texto íntegro y los trámites se encuentran en la dirección electrónica https://parcagrari.cat/ca/convocatories.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, esta subvención es **compatible con cualquier otra** concedida por administraciones o entes públicos o privados. No obstante, el importe acumulado de todas las ayudas recibidas para la misma finalidad no podrá superar el coste total de la actuación subvencionada.
¿Se pueden solicitar ayudas para obras que se ejecuten por fases?
Sí, en el caso de obras o instalaciones planificadas por fases, se puede solicitar la ayuda para la **fase de ejecución inmediata**. Para ello, se debe presentar un proyecto básico único donde se indique claramente la cuantía de la fase para la que se pide la subvención.
¿Tengo que aportar los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social?
Al presentar la solicitud, autorizas al Consorcio para obtener estos certificados telemáticamente a través de la **Diputación de Barcelona**. No obstante, puedes denegar este consentimiento expresamente, en cuyo caso estarás obligado a aportar tú mismo dichos certificados.