SUBVENCIONES PARA LAS COOPERATIVAS AGRARIAS Y OTRAS ENTIDADES AGRARIAS SIN FINALIDAD DE LUCRO QUE ACTÚEN TOTAL O MAYORITARIAMENTE DENTRO DEL ÁMBITO DEL PARQUE AGRARIO DEL BAIX LLOBREGAT 2026

CONSORCI DEL PARC AGRARI DEL BAIX LLOBREGAT

A quién va dirigida

Esta convocatoria está destinada a las cooperativas agrarias (según la Ley de cooperativas) y otras entidades agrarias sin ánimo de lucro cuyos asociados sean mayoritariamente agricultores profesionales, que tengan entre sus objetivos el desarrollo del sector agrario y que actúen total o mayoritariamente dentro del ámbito del Parque Agrario del Baix Llobregat (según la revisión del Plan especial aprobado el 5 de marzo de 2015).

Requisitos

Para poder optar a la subvención, las entidades deben cumplir las siguientes condiciones:

Qué se subvenciona

Se financian actuaciones relacionadas con los objetivos del Parque Agrario del Baix Llobregat divididas en cuatro bloques:

No se subvencionan: Adquisición/alquiler de terrenos, gastos de funcionamiento de la sede, personal de actividad ordinaria, matriculación, seguros o mantenimiento de vehículos, mantenimiento informático ordinario, reparaciones sin mejora de eficiencia y material fungible de envasado (salvo excepciones ligadas a IGP, DOP o la marca Producte FRESC).

Cuantía

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes se abre el 18 de marzo de 2026 y finaliza el 30 de abril de 2027. El texto íntegro y los trámites se encuentran en la dirección electrónica https://parcagrari.cat/ca/convocatories.

Preguntas frecuentes

¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?

Sí, esta subvención es **compatible con cualquier otra** concedida por administraciones o entes públicos o privados. No obstante, el importe acumulado de todas las ayudas recibidas para la misma finalidad no podrá superar el coste total de la actuación subvencionada.

¿Se pueden solicitar ayudas para obras que se ejecuten por fases?

Sí, en el caso de obras o instalaciones planificadas por fases, se puede solicitar la ayuda para la **fase de ejecución inmediata**. Para ello, se debe presentar un proyecto básico único donde se indique claramente la cuantía de la fase para la que se pide la subvención.

¿Tengo que aportar los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social?

Al presentar la solicitud, autorizas al Consorcio para obtener estos certificados telemáticamente a través de la **Diputación de Barcelona**. No obstante, puedes denegar este consentimiento expresamente, en cuyo caso estarás obligado a aportar tú mismo dichos certificados.

Convocatoria oficial

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