CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, UNIVERSIDADES E FORMACIÓN PROFESIONAL
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
La Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional ha lanzado un convenio de colaboración con la Universidade de Santiago de Compostela (USC) para potenciar las acciones en el Campus Terra, reconocido como campus de especialización del Sistema Universitario de Galicia (SUG). Esta iniciativa busca fortalecer la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i) en un ámbito geográfico clave y durante un periodo significativo.
Esta ficha tiene como objetivo desglosar los aspectos más relevantes de esta convocatoria, proporcionando una visión clara y concisa para los posibles beneficiarios.
Esta iniciativa está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Esto significa que los beneficiarios deben ser entidades con personalidad jurídica, pero cuya actividad principal no sea de naturaleza comercial o lucrativa en el mercado. La convocatoria se enmarca en el ámbito geográfico de Galicia, lo que la circunscribe a entidades operando dentro de esta comunidad autónoma.
Los datos oficiales proporcionados no detallan requisitos específicos para las entidades beneficiarias más allá de la naturaleza jurídica y la ausencia de actividad económica. Al tratarse de un "Convenio de colaboración con la USC", es fundamental interpretar que la entidad beneficiaria principal será la propia Universidade de Santiago de Compostela, o sus estructuras internas (departamentos, institutos, centros de investigación) que no operen con fines de lucro y que sean las responsables de impulsar las acciones en el Campus Terra.
La finalidad explícita de este convenio es el fomento de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación (I+D+i). Esto sugiere que los fondos están destinados a cubrir los costes asociados a proyectos, programas o actividades directamente relacionados con estas áreas, y que se enmarquen dentro del plan de acción del Campus Terra como campus de especialización. Los datos oficiales no especifican categorías de gastos elegibles (por ejemplo, personal, equipamiento, viajes, consumibles, etc.), por lo que se recomienda consultar el texto completo del convenio o sus anexos una vez publicados.
El importe total de la dotación económica para este convenio asciende a 4.731.449 EUR. Esta cantidad se entregará en formato de subvención o entrega dineraria sin contraprestación, lo que implica que los fondos no requieren de un retorno económico directo.
En cuanto a los plazos, el periodo de apertura está fijado para el 1 de enero de 2026, y el cierre para el 31 de diciembre de 2029. Esto indica que la ejecución de las acciones y la elegibilidad de los gastos se circunscriben a este periodo plurianual de cuatro años.
Dado que los datos oficiales describen esto como un "Convenio de colaboración con la USC", y no una "convocatoria abierta" en el sentido tradicional, la forma de "solicitarla" no sigue los cauces habituales de una subvención competitiva. Es plausible que este convenio se formalice directamente entre la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional y la Universidade de Santiago de Compostela, siendo esta última la entidad responsable de la gestión interna y la ejecución de las acciones en el Campus Terra. No se proporciona un enlace a documentos oficiales ni a un procedimiento de solicitud público, lo que refuerza la naturaleza de acuerdo bilateral.
Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de anuncios es asumir que se trata de una convocatoria abierta a una pluralidad de solicitantes. La formulación "Convenio de colaboración con la USC" indica una relación directa con una entidad específica. Otro error podría ser la interpretación incorrecta del concepto "personas jurídicas que no desarrollan actividad económica", lo que podría llevar a entidades con fines lucrativos a intentar acceder a estos fondos. Finalmente, la falta de documentación detallada puede generar incertidumbre, por lo que es crucial esperar la publicación de los términos completos del convenio.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, UNIVERSIDADES E FORMACIÓN PROFESIONAL; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 4.731.449 €.
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