Convocatoria y bases que rigen la concesión de ayudas individuales, temporales, y de emergencia social del Ayuntamiento de Es Mercadal para el año 2026
AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Importe total: 30.000 €
Apertura del plazo: 23 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 14 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Prestación de servicios a la comunidad en general
Ámbito territorial: Baleares · Menorca
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 888977
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, que constituyan una unidad de convivencia independiente, que sean atendidas por los servicios sociales comunitarios básicos de Es Mercadal (Menorca, Baleares), con residencia efectiva en el municipio, y que se encuentren en situación de necesidad social provocada por un déficit de ingresos económicos.
Los solicitantes deben ser mayores de 18 años o menores con cargas familiares.
Requisitos
Para poder acceder a la ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Estar empadronado en el municipio de Es Mercadal.
Haber presentado la solicitud de prestación en los servicios sociales comunitarios básicos.
Colaborar con los técnicos de servicios sociales aportando la documentación necesaria, facilitando el acceso al domicilio y buscando soluciones conjuntas.
No disponer de ingresos para atender la situación de necesidad o de emergencia.
No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de los apartados a), d), f), g) e h) del artículo 13.2 y del artículo 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
Los ahorros de la unidad de convivencia no pueden superar el 100% del IPREM (8.400,00 €).
Los ingresos mensuales medios de los últimos 6 meses (o 12 meses por estacionalidad) no pueden superar los siguientes límites según los miembros de la unidad familiar:
1 miembro: 1.050,00 € al mes (12.600,00 € al año).
2 miembros: 1.365,00 € al mes (16.380,00 € al año).
3 miembros: 1.638,00 € al mes (19.656,00 € al año).
4 miembros: 1.801,80 € al mes (21.621,60 € al año).
5 miembros: 1.981,98 € al mes (23.783,76 € al año).
6 miembros: 2.180,18 € al mes (26.162,14 € al año).
7 miembros: 2.398,20 € al mes (28.778,35 € al año).
*(Nota: Excepcionalmente, la unidad de trabajo social podrá conceder la ayuda si no se cumplen los requisitos de ingresos si está justificado por informe técnico o médico, especialmente en casos de emergencia social o motivos sociosanitarios).*
Qué se subvenciona
La concesión de ayudas individuales, temporales y de emergencia social del Ayuntamiento de Es Mercadal para el año 2026.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 30.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.2310.48200 del Presupuesto General de 2026. Este límite se podrá ampliar en caso de recibir una subvención por este concepto y que el Ayuntamiento aporte más fondos.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 23 de febrero de 2026 y finaliza el 14 de diciembre de 2026. Para solicitarla, se debe presentar la solicitud en los servicios sociales comunitarios básicos de Es Mercadal.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calculan los ingresos de la unidad de convivencia para acceder a la ayuda?
Se calcula realizando la media de los ingresos obtenidos en los **últimos seis meses** anteriores a la fecha de la solicitud. Excepcionalmente, por motivos de estacionalidad, se pueden tener en cuenta los ingresos de los **últimos doce meses**.
¿Puedo recibir la ayuda si mis ingresos superan los límites de la tabla?
Sí, de forma excepcional. Si la unidad de trabajo social considera justificada la situación de necesidad mediante informes técnicos y/o médicos, se podrá conceder la ayuda, especialmente en casos de emergencia social o motivos sociosanitarios donde la inversión necesaria supere la capacidad económica del solicitante.
¿Qué límite de ahorros bancarios se permite para solicitar esta ayuda?
Los ahorros totales de la unidad de convivencia no pueden superar el **100% del IPREM**, cantidad que queda fijada en un máximo de **8.400,00 €**.