Convocatoria para la concesión de subvenciones del área de Mantenimiento Urbano correspondiente al año 2026. Línea de subvención: 2026 SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS QUE EVITEN LOS VERTIDOS DE AGUAS SUCIAS A AGUAS LIMPIAS

AYUNTAMIENTO DE ERRENTERIA

A quién va dirigida

Esta ayuda va dirigida a las Comunidades de propietarios de Errenteria (Gipuzkoa) que estén constituidas como personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Qué se subvenciona

Se subvenciona parte del coste de realización de las obras y la asistencia técnica para verter las aguas sucias a la red de saneamiento municipal en vez de verterlas al río. Las actuaciones protegibles incluyen:

También son subvencionables las obras finalizadas en los últimos cinco años, contados a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. No se podrá presentar la solicitud de subvención hasta que las obras estén completamente terminadas.

Cuantía

La partida presupuestaria total para esta convocatoria es de 15.000 €.

La ayuda para cada comunidad solicitante alcanzará el 80% del presupuesto de la actuación protegible, con un tope máximo de 3.000 € (IVA incluido). El IVA será subvencionable siempre que no se readquiera o compense. El importe de la subvención no podrá superar, en ningún caso, el coste de la actividad subvencionada (ya sea sola o en concurrencia con otras ayudas).

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 16 de febrero de 2026 (o el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa) y finalizará el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agota el crédito presupuestario.

Para solicitarla, se debe presentar la documentación general junto con los siguientes documentos específicos de las obras:

El Ayuntamiento verificará de forma interna la identidad, el estar al corriente con la Seguridad Social y el estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Diputación Foral de Gipuzkoa, salvo que la comunidad se oponga expresamente, en cuyo caso deberá aportar dichos certificados.

Criterios de valoración

Las subvenciones se adjudicarán mediante el sistema de concurrencia no competitiva o sucesiva. Esto significa que las solicitudes se atenderán por orden riguroso de fecha de registro y se aprobarán todas aquellas que cumplan los requisitos hasta que se agote la partida de 15.000 €.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si las obras ya están terminadas?

Sí. De hecho, es obligatorio que las obras estén terminadas para poder presentar la solicitud. Además, se admiten obras finalizadas en los **últimos cinco años** respecto a la fecha de publicación de la convocatoria.

¿Qué porcentaje del coste de la obra cubre la subvención?

La ayuda cubre el **80% del presupuesto** de la actuación con un límite máximo de **3.000 € (IVA incluido)** por comunidad propietaria.

¿Cómo se realiza el pago de la ayuda?

El abono de la subvención se realizará mediante un pago único tras la resolución de concesión definitiva, en el plazo que se establezca en dicho documento.

Convocatoria oficial

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