AYUNTAMIENTO DE CERDANYOLA DEL VALLÈS
Esta convocatoria va dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Específicamente, deben ser entidades que lleven a cabo actividades de promoción del comercio y servicios afines en el término municipal de Cerdanyola del Vallès, y que estas actividades sean de interés público local.
Se apoya la realización de actividades relativas a la promoción del comercio en el municipio de Cerdanyola del Vallès.
La cuantía máxima de gastos destinada a esta convocatoria es de 32.000,00 € (con un importe total registrado en la BDNS de 31.992,03 EUR).
Este presupuesto se imputará de la siguiente manera:
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.
Las actividades de promoción del comercio y servicios afines se deben llevar a cabo dentro del término municipal de **Cerdanyola del Vallès**.
Se regulan por las bases particulares aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento el **25 de mayo de 2006** (publicadas en el BOPB núm. 144, de 17 de junio de 2006) y modificadas por el Pleno el **29 de mayo de 2008** (publicadas en el BOPB núm. 145, de 17 de junio de 2008).
El código de registro en la Base de Datos Nacional de Subvenciones es el **887240**.
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL COMERCIO LOCAL DE CERDANYOLA DEL VALLÈS 2026