CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN DE TRADICIONES POPULARES 2026
AYUNTAMIENTO DE ARRATZUA-UBARRUNDIA
Importe total: 3000 €
Apertura del plazo: 12 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Ámbito territorial: País Vasco · Araba/Álava
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 887125
A quién va dirigida
Esta convocatoria va dirigida a las asociaciones y concejos del municipio de Arratzua-Ubarrundia (Álava) que sean personas jurídicas y no desarrollen actividad económica.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la organización de actividades destinadas a la recuperación de tradiciones populares en el municipio. Los gastos subvencionables específicos son:
Santa Águeda, Jueves de Lardero y Erre Pui Erre: ingredientes para ofrecer chocolate, caldo y castañas a los asistentes.
Olentzero y Mari Domingi y Cabalgata de Reyes: alquiler de trajes, elementos necesarios para la representación, e ingredientes para ofrecer chocolate, caldo, castañas y caramelos.
Belenes vivientes: gastos en vestuario (adquisición de telas, ejecución de trajes y alquiler de los mismos), materiales para construir decorados y elementos para la representación.
Otras propuestas: proyectos acordes al objeto de la convocatoria que sean sometidos a la aprobación del Pleno del Ayuntamiento.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 3.000 EUR. Las ayudas podrán cubrir hasta el 90 por ciento del gasto previsto, con los siguientes límites máximos por actividad:
Santa Águeda, Jueves de Lardero, Erre Pui Erre: hasta 50,00 euros.
Olentzero y Mari Domingi y Cabalgata de Reyes: hasta 300,00 euros.
Belenes vivientes: hasta 2.500,00 euros.
Otras propuestas aprobadas por el Pleno: hasta 50,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes de subvención finaliza el 30 de noviembre de 2026 (según el periodo de apertura oficial de la convocatoria).
Las solicitudes deben formularse utilizando el modelo del Anexo I de las bases reguladoras, aportando los siguientes documentos:
Proyecto/Memoria de la actividad firmado.
Presupuesto previsto.
Relación de otras subvenciones previstas.
Para recibir el pago, que se realiza una vez ejecutada la actividad, se debe presentar la solicitud de abono (Anexo II) junto con:
Memoria de la actividad realizada y firmada, detallando la actividad, subvención concedida, fecha de ejecución y número de participantes.
Resolución de otras subvenciones obtenidas.
Fotografías o grabaciones de la actividad.
Relación firmada de gastos e ingresos.
Facturas originales con su correspondiente IVA, emitidas a nombre del beneficiario, por un importe igual o superior a la ayuda concedida, junto a sus justificantes de pago.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se realiza el pago de la subvención?
El abono de la ayuda se efectuará siempre de manera posterior a la realización de la actividad, previa presentación de la solicitud de abono y la correspondiente documentación justificativa de los gastos.
¿Se pueden solicitar estas ayudas para actividades no especificadas en la convocatoria?
Sí, se pueden presentar otras propuestas de recuperación de tradiciones populares siempre que sean acordes al objeto de la convocatoria y se sometan a la aprobación por parte del Pleno del Ayuntamiento.
¿Qué porcentaje del gasto de la actividad puede cubrir la subvención?
La ayuda puede cubrir como máximo hasta el **90 por ciento** del gasto previsto para la actividad, respetando siempre los límites económicos fijados para cada categoría.