Extracto de la Resolución de 14 de enero de 2025, del Ayuntamiento de Castelló, por la que se convoca la concesión de prestaciones económicas de emergencia social y para la promoción de la autonomía de las personas mayores.
AJUNTAMENT DE CASTELLÓ
Importe total: 85.000 €
Apertura del plazo: 19 de enero de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 882195
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas individuales o núcleos familiares residentes y empadronados en el municipio de Castelló que no desarrollen ninguna actividad económica.
Requisitos
Para poder solicitar esta prestación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Estar empadronado y residir en el municipio de Castelló.
No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Tener una renta per cápita no superior a la establecida en la Instrucción que anualmente publica la Dirección General de Atención Primaria y Autonomía Personal.
Contar con la valoración de un trabajador o trabajadora social municipal que acredite la necesidad de la prestación.
No disponer de otras ayudas destinadas a la misma finalidad.
Haber justificado las prestaciones concedidas con anterioridad en el Plan Familiar de Inserción.
Que no exista absentismo escolar en la unidad familiar de convivencia.
Qué se subvenciona
La finalidad de estas ayudas es cubrir:
Prestaciones económicas de emergencia social destinadas a cubrir necesidades básicas, suministro básico de vivienda y necesidades extraordinarias.
Prestaciones económicas para la promoción de la autonomía de las personas mayores.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un importe total de 85.000 euros. La dotación individual de cada ayuda dependerá de la necesidad alegada en cada caso.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo general de presentación de solicitudes se abre el 19 de enero de 2026 (al día siguiente de su publicación) y finaliza el 30 de noviembre de 2026.
De forma excepcional, y siempre que se acredite debidamente la urgencia del caso, se podrán presentar solicitudes hasta el 15 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿A qué partida presupuestaria se imputan estas ayudas?
Los gastos se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria **2026-2310-48005**, denominada «PRESTACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL».
¿Dónde se pueden consultar las bases reguladoras de esta convocatoria?
Las bases específicas fueron aprobadas por el Pleno de la Corporación con fecha de **19 de noviembre de 2020** y se encuentran publicadas en el BOPV número **23**, de fecha **4 de febrero de 2021**.
¿Se puede solicitar la ayuda si hay menores que no asisten al colegio?
No, uno de los requisitos obligatorios para la concesión de la ayuda es que **no exista absentismo escolar** en la unidad familiar de convivencia.