BASES CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS A EMPRESES PER A LA PARTICIPACIÓ EN FIRES I SALONS D`ÀMBIT INTERNACIONAL, Anualitat 2025.

PATRONAT DE PROMOCIÓ ECONOMICA

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a los empresarios sociales o individuales (empresas, personas físicas o jurídicas) y a las entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:

Qué se subvenciona

Se financia la participación, ya sea de forma presencial o virtual, en ferias y salones de ámbito internacional celebrados en el extranjero o en España (para los nacionales, deben constar en el calendario oficial de la Resolución de la Secretaría de Estado de comercio de 27 de enero de 2025).

Los gastos subvencionables son:

Quedan expresamente excluidos los costes de personal de las empresas beneficiarias y sus gastos de funcionamiento ordinario.

Cuantía

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 225.000,00 €.

Se subvencionará hasta el 40% del coste total de las actuaciones, con un límite máximo de 3.000,00 € por solicitud.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida.

Se admite un máximo de dos solicitudes por empresa, debiendo referirse cada una a una única feria y presentarse mediante instancias genéricas individuales. La solicitud se realiza de forma telemática e incluye:

Todos los documentos deben estar firmados con firma electrónica.

Criterios de valoración

Las solicitudes se puntuarán según los siguientes criterios:

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si mi subvención ha sido aprobada?

La resolución no se notificará de manera individual, sino que se publicará a través del **BOP y de la página web de la Diputación de Lleida** en un plazo máximo de **seis meses** desde la finalización del plazo de presentación.

¿Qué tengo que hacer una vez me concedan la ayuda?

Si en el plazo de **un mes** a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución no manifiesta lo contrario, la subvención se entenderá **aceptada tácitamente**.

¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?

El Patronato le otorgará un plazo de **10 días hábiles** para enmendarla; si no lo hace en ese tiempo, se archivará de oficio su expediente.

Convocatoria oficial

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