Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 878368
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a pymes, personas físicas que desarrollan una actividad económica, personas jurídicas o comunidades de bienes que realicen actuaciones en locales comerciales de Irun, divididas en dos perfiles:
Línea 1: Titulares de una actividad económica de nueva implantación o de un establecimiento de nueva apertura, con una antigüedad menor de 12 meses.
Línea 2: Titulares de actividades comerciales con más de 5 años de antigüedad en Irun.
Quedan expresamente excluidas las filiales de grandes firmas o empresas de gran implantación nacional o internacional.
Requisitos
Para poder acceder a la subvención, se deben cumplir los siguientes requisitos en el local donde se realiza la actividad:
Debe estar situado a nivel de rasante del suelo.
Debe tener acceso directo desde la vía pública (a estos efectos, se considera que los locales situados en galerías comerciales cumplen con esta condición).
Qué se subvenciona
La finalidad de la ayuda es fomentar la actividad económica, la revitalización urbana, la apertura de comercios en locales vacíos y la modernización del sector. Se subvencionan:
Línea 1: Obras, instalaciones y, en general, actuaciones de rehabilitación en el local de nueva apertura donde se va a desarrollar la actividad económica.
Línea 2: Inversiones destinadas a la reforma o modernización de los establecimientos comerciales ya existentes, o de los locales a los que vayan a trasladar su actividad comercial.
Cuantía
La dotación presupuestaria total destinada a esta convocatoria es de 120.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 30 de octubre de 2026.
Las solicitudes se deben presentar ante el Ayuntamiento de Irun a través de:
El Servicio de Atención Ciudadana (SAC).
La Sede Electrónica Municipal (www.irun.org).
Cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Preguntas frecuentes
¿Pueden solicitar la ayuda las franquicias o grandes marcas?
No. Quedan expresamente excluidas de estas ayudas las filiales de grandes firmas o empresas de gran implantación nacional o internacional.
¿Qué se considera un local con acceso directo desde la vía pública si está en un centro comercial?
A efectos de esta convocatoria, se considera que los locales situados en galerías comerciales sí tienen acceso directo desde la vía pública.
¿Dónde se puede consultar la documentación y los formularios de la ayuda?
Toda la documentación e información relacionada con esta convocatoria se puede consultar en el portal de internet del Ayuntamiento de Irun: **www.irun.org**.