BASES DE LA CONVOCATORIA SUBV. FACILITAR INCORPORACION Y CONTINUIDAD EN EL PUESTO DE PERSONAS TRABAJADORAS DE RECIENTE CONTRATACIÓN

AGENCIA PARA EL EMPLEO

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a las empresas que tengan su domicilio social o un centro de trabajo ubicado en la Comunidad de Madrid y que contraten a personas destinatarias según lo definido en la convocatoria. Cabe destacar que en la BDNS se categoriza específicamente a la gran empresa dentro de los beneficiarios.

Requisitos

Para poder optar a la subvención, se deben cumplir las siguientes condiciones:

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 1.000.000 € para el año 2026. Las ayudas por cada nueva contratación realizada se estructuran de la siguiente manera:

Estas cuantías se incrementarán un 30 por ciento (no acumulable) si la persona contratada pertenece a alguno de los colectivos prioritarios del artículo 6.3 de la convocatoria, quedando los importes así:

Plazo y cómo solicitarla

El plazo general de presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y finaliza el 15 de noviembre de 2026 (o antes si se agota el crédito disponible).

Los plazos específicos para presentar la solicitud según la fecha de formalización del contrato son:

Criterios de valoración

La concesión de la subvención se realizará en régimen de concurrencia competitiva. El criterio de prelación para otorgar las ayudas será estrictamente la fecha y la hora de entrada de la solicitud en el registro, siempre que reúna la totalidad de los requisitos y la documentación exigida.

Preguntas frecuentes

¿Qué organismo convoca esta ayuda?

La ayuda es convocada por la **Agencia para el Empleo**.

¿Qué ocurre si se agota el presupuesto antes del 15 de noviembre de 2026?

El plazo de presentación de solicitudes finalizará de forma anticipada si se agota el crédito total de **1.000.000 €** destinado a la convocatoria.

¿Se pueden acumular los incrementos del 30% si el trabajador pertenece a varios colectivos prioritarios?

No, este incremento del **30 por ciento** no podrá ser acumulativo, aunque la persona contratada reúna las condiciones para pertenecer a dos o más de estos colectivos prioritarios.

Convocatoria oficial

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