DIRECCIÓN GENERAL DE AGENDA URBANA Y ARQUITECTURA
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
Presentamos la ficha divulgativa de la convocatoria de subvención destinada a apoyar la organización de la XI Convención Internacional de la Arquitectura Técnica, CONTART 2026, mediante un convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) y el Consejo General de Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica. Esta iniciativa busca fomentar la edificación y facilitar el acceso a la vivienda a través del impulso de actividades relacionadas con el asesoramiento técnico y la arquitectura.
Esta subvención está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según los datos oficiales, el beneficiario de este convenio es el Consejo General de Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica, al ser el organismo con el que el MIVAU formaliza el acuerdo para la organización de la CONTART 2026.
Los requisitos específicos para los beneficiarios de esta convocatoria se derivan de la naturaleza del convenio. El beneficiario es el Consejo General de Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica. Se establece que debe tratarse de una persona jurídica que no desarrolla actividad económica. La convocatoria no detalla requisitos adicionales más allá de esta condición específica del beneficiario ya identificado en el título del convenio.
La finalidad principal de esta subvención es la organización de la XI Convención Internacional de la Arquitectura Técnica, CONTART 2026. Los datos oficiales no especifican una relación detallada de gastos elegibles. No obstante, al tratarse de un instrumento de "subvención y entrega dineraria sin contraprestación" destinado a una actividad concreta como es una convención, se entiende que el importe se destinará a cubrir los costes asociados a dicha organización. Sin documentos oficiales disponibles que detallen más allá, no es posible especificar categorías de gastos concretas como personal, alquiler de espacios, material promocional, etc.
El importe total asignado para esta convocatoria asciende a 60.000 EUR.
En cuanto a los plazos, la convocatoria tiene las siguientes fechas:
Es importante destacar que estos plazos hacen referencia al periodo de ejecución o justificación del convenio, dado que el beneficiario ya está predeterminado en el propio título de la convocatoria.
Dada la naturaleza de esta operación, que se formaliza a través de un convenio directo entre el MIVAU y el Consejo General de Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica, no se trata de una convocatoria abierta a la libre concurrencia de múltiples solicitantes. El beneficiario ya está identificado en el título del convenio. Por lo tanto, no se establece un procedimiento de solicitud al uso, sino que la asignación se realiza mediante el acuerdo entre las partes firmantes.
Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de anuncios es asumir que se trata de una convocatoria de libre concurrencia. Sin embargo, en este caso, el título del convenio identifica claramente a las partes involucradas y al beneficiario. Por lo tanto, intentar solicitar esta subvención por parte de una entidad diferente al Consejo General de Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica sería un error, ya que no se ajustaría a las bases específicas de esta financiación. Otro error sería no comprender que los plazos de apertura y cierre se refieren al marco temporal de ejecución o justificación del convenio, no a un periodo de presentación de solicitudes por parte de terceros.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede DIRECCIÓN GENERAL DE AGENDA URBANA Y ARQUITECTURA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 60.000 €.
Más subvenciones de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura