Acuerdo de Junta de Gobierno Local, el 9 de Octubre de 2025, se aprueba la convocatoria de subvenciones, destinadas a la concesión de ayudas económicas a familias para la atención de necesidades básicas de las personas menores de edad a su cargo 2025-2027
AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE
Importe total: 156.000 €
Apertura del plazo: 03 de noviembre de 2025
Cierre del plazo: 30 de septiembre de 2027
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Andalucía · Sevilla
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 865272
A quién va dirigida
A familias empadronadas y residentes en el municipio de Mairena del Aljarafe (Sevilla) que tengan personas menores de edad a su cargo y que, por presentar carencias de tipo económico, tengan serias dificultades para cubrir sus necesidades básicas.
La persona titular de la subvención será siempre la persona responsable directa de los menores.
Requisitos
Para poder optar a estas ayudas, se deben cumplir las siguientes condiciones:
Vecindad administrativa en el término municipal de Mairena del Aljarafe (salvo situaciones excepcionales acreditadas de violencia de género, inmigración o imposibilidad de acreditación catastral o municipal).
Insuficiencia de recursos económicos de la unidad familiar de convivencia. Para el cálculo, se sumarán los ingresos netos de todos los miembros (pensiones, subsidios e ingresos de cualquier concepto, excepto la vivienda habitual y la prestación por hijo a cargo). Los límites orientativos se calculan sobre el IPREM vigente de 2023 (8.400,00 € para el primer adulto, sumando 4.200,00 € por cada adulto adicional, 2.520,00 € por cada menor y acumulando 2.520,00 € extra por circunstancias como monoparentalidad, familia numerosa, discapacidad igual o superior al 33% / dependencia, o menores en proceso de reunificación familiar).
Las ayudas se concederán en el marco de un proyecto de intervención o tratamiento familiar de los Servicios Sociales municipales, requiriendo el compromiso de colaboración de la familia.
Qué se subvenciona
Se financian los siguientes conceptos destinados a cubrir las necesidades de los menores:
Necesidades básicas esenciales: alimentación, vestido, higiene y necesidades de la primera infancia (alimentación infantil o dietas especiales).
Salud: gastos de salud mental y prestaciones excluidas del Sistema Público de Salud (prótesis, salud bucodental, audífonos, gafas, psicología, fisioterapia, logopedia, etc.).
Educación: adquisición de libros y material escolar, apoyo al estudio, actividades de ocio, cultura y conciliación (campamentos, excursiones), extraescolares, transporte socioeducativo, logopedia o gastos de matrícula y material para cursos de formación profesional no reglada.
Alojamiento y vivienda habitual: impagos de suministros (electricidad, agua, gas, comunidad), alquiler, amortización de vivienda habitual, reparaciones urgentes básicas y adquisición de electrodomésticos o mobiliario básico.
Transporte público: traslados para asistir a programas de atención de menores.
Otras necesidades básicas sobrevenidas detectadas en la intervención de los servicios sociales.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 156.000 EUR, distribuido en tres anualidades:
1ª anualidad (créditos de 2024, ejecución del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025): 83.730 euros.
2ª anualidad (créditos de 2025, ejecución del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026): 78.000 euros.
3ª anualidad (créditos de 2026, ejecución del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027): 78.000 euros.
La concesión está supeditada a la existencia de crédito disponible.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para la presentación de solicitudes se abre el 3 de noviembre de 2025 y se cierra el 30 de septiembre de 2027.
Estas ayudas se tramitan de oficio, previa valoración y propuesta de los trabajadores sociales de los Servicios Sociales municipales. La documentación requerida se entregará en la entrevista de valoración o, posteriormente, en el Registro General del Ayuntamiento (calle Nueva nº 21), en el Centro Sociocultural Los Alcores (calle San Isidro Labrador s/n), en las oficinas de calle Barcelona s/n o avenida Las Américas s/n, o de forma online en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que solicitar yo la ayuda directamente por mi cuenta?
No. Estas ayudas se tramitan de oficio tras la valoración y propuesta técnica del personal de los Servicios Sociales municipales en el marco de una intervención social.
¿Se tienen en cuenta las ayudas por hijo a cargo para calcular mi nivel de renta?
No. Para el cálculo de los ingresos de la unidad familiar se excluyen expresamente tanto la propiedad o posesión de la vivienda habitual como la prestación por hijo a cargo.
¿Dónde puedo entregar físicamente la documentación si me la solicita el trabajador social?
Puede presentarla presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento (c/ Nueva nº 21), en el Centro Sociocultural Los Alcores (c/ San Isidro Labrador s/n), en c/ Barcelona s/n o en Avda. Las Américas s/n.