CONSELL INSULAR DE IBIZA
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Consell Insular de Ibiza, en su compromiso con la seguridad y bienestar de la ciudadanía, ha establecido un convenio instrumental para la concesión de una subvención nominativa dirigida a reforzar las capacidades en materia de Protección Civil. Esta iniciativa, encuadrada dentro del ámbito de las Islas Baleares, específicamente Eivissa y Formentera, busca apoyar la prestación de servicios esenciales a la comunidad. A continuación, se detallan los aspectos clave de esta convocatoria para facilitar su comprensión y aprovechamiento.
Esta subvención está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según los datos oficiales disponibles, el beneficiario concreto de esta subvención nominativa es el Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río. Por lo tanto, la convocatoria se centra en una entidad pública local de carácter no económico para el desarrollo de sus funciones en Protección Civil.
Los datos oficiales proporcionados no detallan requisitos específicos adicionales para el beneficiario, más allá de la designación explícita del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río como destinatario de la subvención nominativa. Al tratarse de un convenio instrumental para una subvención nominativa, los requisitos se establecen directamente en el marco del convenio entre el Consell Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río, no siendo una convocatoria de concurrencia pública con una lista de requisitos abiertos.
La finalidad de esta subvención se enmarca bajo el concepto de "Otras Prestaciones económicas" en materia de Protección Civil. Los datos oficiales disponibles no especifican de manera detallada qué tipos concretos de gastos son subvencionables a través de este convenio. La determinación precisa de los gastos cubiertos se establecerá en el propio convenio instrumental regulador de las obligaciones y, presumiblemente, estará alineada con las necesidades operativas y de mejora de los servicios de Protección Civil del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río para el ejercicio 2025.
El importe total de esta subvención asciende a 36.000 EUR.
En cuanto a los plazos, la apertura de la convocatoria, entendida como el período de aplicación o validez del convenio, se establece el 13 de junio de 2025. El cierre está fijado para el 30 de noviembre de 2026. Es importante tener en cuenta que estos plazos se refieren al periodo de vigencia del convenio y las obligaciones que de él se derivan, lo que implica que las acciones y justificaciones asociadas a la subvención deberán realizarse dentro de este marco temporal.
Dada la naturaleza de esta ayuda como una "subvención nominativa" y "convenio instrumental regulador de las obligaciones derivadas de la concesión", no se trata de una convocatoria de concurrencia pública donde las entidades interesadas deban presentar una solicitud. Los datos oficiales indican que esta subvención ya ha sido designada al Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río. Por lo tanto, el procedimiento de "solicitud" como tal no aplica en el sentido tradicional, sino que se gestiona mediante la formalización de un convenio entre las partes implicadas: el Consell Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río. Los detalles de la tramitación y la aceptación de las condiciones se establecerán en dicho convenio.
Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de subvenciones es confundirla con una convocatoria de concurrencia competitiva o abierta a múltiples solicitantes. Al tratarse de una subvención nominativa concedida mediante un convenio instrumental, su beneficiario está preestablecido (Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río), lo que significa que otras entidades no pueden optar a ella.
Otro error sería buscar un formulario de solicitud o un proceso de presentación de proyectos por parte de terceros. La gestión se realiza directamente entre los dos organismos implicados. Además, dado que los "Objetivos" no están detallados en la información oficial, interpretar o asumir objetivos específicos sin consultar el texto completo del convenio podría llevar a una comprensión errónea de las metas de la subvención. Por último, es crucial prestar atención a los plazos, que aunque son amplios, marcan el periodo de ejecución y justificación de la ayuda.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede CONSELL INSULAR DE IBIZA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 36.000 €.
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