Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 754381
A quién va dirigida
Pueden acceder a las ayudas las siguientes entidades de la provincia de Valencia:
Municipios de menos de 50.000 habitantes.
Entidades locales menores.
Mancomunidades de municipios que se encuentren jurídicamente constituidas a 1 de enero de 2024.
Qué se subvenciona
Inversiones asociadas a obras o servicios que sean de competencia municipal, conforme a lo previsto en el artículo 25 de la Ley 7/1985.
Cuantía
La dotación presupuestaria máxima total asciende a 350.000.000 €, distribuidos por ejercicios de forma estimativa:
Ejercicio 2024: 24.000.000 €
Ejercicio 2025: 105.000.000 €
Ejercicio 2026: 138.000.000 €
Ejercicio 2027: 83.000.000 €
La efectividad de las cantidades anuales queda condicionada a la declaración de disponibilidad presupuestaria y a la aprobación de la modificación correspondiente.
Plazo y cómo solicitarla
Los plazos de presentación de solicitudes son los siguientes:
Plazo general: abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el 15 de junio de 2027.
Actuaciones a ejecutar por la Diputación: si se solicita que la Diputación Provincial de Valencia lleve a cabo la ejecución de la actuación, el plazo finaliza el 31 de diciembre de 2024 de forma improrrogable.
Preguntas frecuentes
¿Pueden concurrir mancomunidades creadas después del 1 de enero de 2024?
No. La convocatoria exige como requisito que las mancomunidades de municipios estén jurídicamente constituidas a **1 de enero de 2024**.
¿Cuál es la fecha límite si se pide a la Diputación que ejecute las actuaciones?
El plazo improrrogable para las solicitudes en las que se pida que la Diputación ejecute la actuación finaliza el **31 de diciembre de 2024**.
¿Qué tipo de proyectos son subvencionables en este plan?
Se pueden presentar inversiones vinculadas a obras o servicios de competencia municipal, de acuerdo con el **artículo 25 de la Ley 7/1985**.