Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades de construcción especializada
Ámbito territorial: Madrid
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 743991
A quién va dirigida
Pueden solicitar estas ayudas:
Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares (aisladas o agrupadas) y de edificios de tipología residencial colectiva, así como de sus viviendas, sean personas físicas o jurídicas públicas o privadas.
Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios sujetas a la Ley de Propiedad Horizontal.
Propietarios agrupados de edificios que no hayan otorgado título constitutivo de propiedad horizontal.
Sociedades cooperativas de propietarios o en régimen de cesión de uso.
Administraciones públicas, organismos, entidades de derecho público y empresas públicas propietarias de los inmuebles.
Empresas arrendatarias o concesionarias y cooperativas que dispongan de contrato vigente con facultad expresa para ejecutar las obras.
Qué se subvenciona
La ejecución de obras de mejora o rehabilitación en edificios de uso predominante residencial para vivienda, ubicados en los siguientes Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) del término municipal de Torrejón de Ardoz:
Barrio Verde-Fronteras. Fase I
Inta-Cobos. Fase I
San José-Rosario. Fase I
Cuantía
La dotación presupuestaria inicial máxima de la convocatoria es de 8.576.300,00 euros, distribuida por ámbitos de la siguiente manera:
«Barrio Verde-Fronteras». Fase I: 2.864.550,00 euros.
«Inta-Cobos». Fase I: 2.776.200,00 euros.
«San José-Rosario». Fase I: 2.935.550,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación es de cuatro meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
La tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos. No obstante, las personas físicas pueden presentar la documentación de forma no electrónica a través del Registro de entrada del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Criterios de valoración
La concesión se tramita en régimen de concurrencia no competitiva. Las ayudas se otorgan sin comparar las solicitudes entre sí, atendiendo al riguroso orden de presentación de la solicitud con la documentación completa, siempre que se cumplan las condiciones y hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
Preguntas frecuentes
¿En qué zonas deben estar situados los edificios para poder optar a la ayuda?
Deben pertenecer a los ámbitos delimitados de Torrejón de Ardoz: **«Barrio Verde-Fronteras. Fase I»**, **«Inta-Cobos. Fase I»** o **«San José-Rosario. Fase I»**.
¿Cómo se asignan los fondos entre los solicitantes?
Se adjudican por estricto orden de entrada de los expedientes completos que cumplan los requisitos, sin baremación comparativa, hasta terminar el presupuesto asignado a cada entorno.
¿Puede una persona física presentar la solicitud de forma presencial?
Sí. Aunque la vía general es electrónica, las personas físicas pueden acudir presencialmente al Registro de entrada del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz o utilizar los registros habilitados por la Ley 39/2015.